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"Tras la decisión del Supremo y el cambio legal anunciado por el Gobierno, el hipotecado debe saber qué gastos puede reclamar"

Ulises Corona, de Alega, explica el alcance de las últimas decisiones sobre los gastos hipotecarios

Ulises Corona, de Alega. / Cadena SER

Ulises Corona, de Alega.

Santander

El Tribunal Supremo decidía este martes que es el cliente y no el banco el que debe asumir el impuesto de actos jurídicos documentados vinculado a un préstamo hipotecario. Un día después, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado un cambio en la ley para que sean las entidades financieras las que corran definitivamente con este gasto.

Esta disparidad de criterios está generando entre los consumidores una gran incertidumbre, porque desconocen si deben reclamar los gastos de hipoteca y ante quién.

"Pese al confuso escenario conviene aclarar que hay una serie de gastos hipotecarios que se pueden reclamar", señala Ulises Corona, de Grupo Alega, uno de los principales despachos de abogados especializados en reclamaciones, expertos en derecho bancario.

Corona subraya que "la sentencia del Supremo no impide reclamar los gastos hipotecarios como la notaría, el registro de la propiedad, la gestoría o la tasación". Afirma, además, que incluso "la nulidad de la cláusula supondrá, a futuro, que los gastos de cancelación del préstamo les pague el banco y no el cliente como hasta ahora".

Por eso, recomienda continuar con la reclamación de los gastos de hipoteca por la vía judicial, que es la más adecuada.

Los tribunales europeos pueden aclarar la situación

Corona prevé que el litigio sobre quién debe pagar ese impuesto, si el banco o el consumidor, acabará en Europa. "Evaluando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, todo parece indicar que fallará a favor del consumidor, hay muchas opciones de que además reconozca la retroactividad total de su decisión", indica el responsable de Grupo Alega.

Por tanto, señala, "todos los consumidores tendrán derecho" a que les devuelvan sus gastos por este impuesto aunque la firma del crédito hipotecario haya sido anterior a 2014.

Ulises Corona recuerda que algo similar pasó con el caso de las cláusulas suelo, otro grupo de reclamaciones que su despacho lidera en España. "Inicialmente la justicia española fijó los efectos a partir de la publicación de la sentencia que reconocía que eran abusivas, pero el Tribunal de la UE lo amplió a todas las hipotecas con cláusula suelo", concluye.

 
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