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Absuelto por falta de pruebas el acusado de asfixiar a su pareja en Bilbao

Juicio / EUROPA PRESS (EUROPA PRESS)

Juicio

Bilbao

El hombre juzgado acusado de asfixiar a su pareja en Bilbao en 2016 ha sido absuelto después de que el jurado le declarara "no culpable" por la falta de "evidencias para determinar la autoría" de la muerte de la mujer.

La mujer, de 51 años, falleció la madrugada del 24 de julio de 2016 en la vivienda del barrio de San Adrián que compartía con su madre y a la que también iba algunos días su novio, de 49 años.

El acusado y la fallecida, ambos toxicómanos, eran pareja desde hacía tres décadas y la mujer tomaba además medicación antidepresiva y antipsicótica, para la hepatitis C y contra el Parkinson.

La Fiscalía, la acusación particular en nombre de la hija de la mujer -de 25 años y fruto de una relación distinta-, la acción popular en representación del Ayuntamiento de Bilbao, y la Abogacía del Estado pedían una pena de entre 20 y 25 años de cárcel por asesinato con agravante de parentesco y especial vulnerabilidad de la víctima.

La defensa pidió la absolución con el argumento de que se trató de una muerte natural.

El jurado, en el veredicto, ha otorgado validez a las declaraciones de los forenses de que la víctima murió de asfixia por obstrucción de las vías respiratorias por otra persona, lo que ya se recogió en el informe forense, que fue el que provocó la investigación de una muerte que al principio se consideró natural.

También admite la existencia de "marcas digitales" en el cuello de la mujer fruto de "cierta presión" ejercida, pero el jurado señala que la Ertzaintza no pudo encontrar ni huellas ni restos de ADN ni en la cara de la víctima ni en el escenario de la muerte.

Al no haber "evidencias para determinar la autoría" el jurado ha decido declarar al acusado "no culpable" del "hecho delictivo" de matar a su compañera sentimental.

En la vista oral, los dos ertzainas instructores de la investigación declararon que "una vez descartadas el resto de hipótesis, no cabía otra" que el autor de su muerte fuera su pareja, con antecedentes por violencia machista hace años, porque "en la casa solo estaban los tres (el acusado, la víctima y su madre ya mayor y con problemas de movilidad); no se forzó la cerradura de la puerta; no se robó ninguna pertenencia; no había desorden; la víctima no se defendió, y no hubo gritos de auxilio".

Además, los miembros del jurado han considerado también que el estado de seminconsciencia de la víctima se pudo deber a la interacción de la metadona y los diferentes medicamentos que tomaba con su enfermedad hepática y que no se ha probado que fuera provocado y aprovechado por el acusado para matarla.

Al ser un veredicto de no culpabilidad, el tribunal de la Audiencia de Bizkaia ha dictado "in vocce" la sentencia absolutoria

 
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