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El juicio del crimen de Ricla se declara nulo y habrá que repetirlo

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón entiende que el veredicto del jurado no estaba bien motivado

Sede de la Audiencia Provincial de Zaragoza / Esther Orera

Sede de la Audiencia Provincial de Zaragoza

Zaragoza

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha declarado nulo el juicio en el que resultó condenado a cuatro años de prisión un joven por el homicidio imprudente de otro en Ricla (Zaragoza) y ha ordenado su repetición al entender que el veredicto del jurado carecía de motivación suficiente.

El jurado no consideró que el acusado, Francisco José C.G., hubiera disparado con su pistola a su víctima de forma intencionada y resolvió rechazar las tesis de la fiscalía y de la acusación particular, que responsabilizaban al joven de delitos de homicidio y asesinato, respectivamente, con penas de hasta 25 años.

Los hechos denunciados tuvieron lugar sobre las 21.00 horas del 10 de enero de 2016 en la bodega del acusado, lugar al que accedieron la víctima, un hombre de nacionalidad rumana, y su compañera sentimental con la intención de discutir con el acusado, que aseguró sentirse amenazado por la pareja.

Los magistrados del TSJA consideran que en el veredicto del jurado que enjuició los hechos "no se alcanza el mínimo de motivación exigido, puesto que (el jurado) se limita a enumerar de forma genérica los medios de prueba que le han llevado a considerar probados o improbados los hechos". Estima el tribunal que ante la ausencia de testigos directos del disparo, las pruebas periciales tienen una "importancia fundamental" para explicar y motivar los hechos.

Sin embargo, añaden los magistrados del TSJA que en el juicio que se celebró el pasado mes de septiembre en la Audiencia de Zaragoza por estos hechos, los miembros del jurado se limitaron a incluir en el veredicto una "mera relación" de las pruebas practicadas. Advierten a renglón seguido que "resulta necesaria una explicación, aún sucinta, de los elementos de convicción tomados en consideración y de las razones por las que se ha declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados". El veredicto "no cumple el estándar de motivación exigible". 

Insiste este tribunal en que es necesario que el jurado exprese en su veredicto, "de manera sencilla y en lenguaje coloquial", qué cosas de las escuchadas u observadas durante la vista les sirvieron como elemento de convicción para llegar a la conclusión finalmente alcanzado.

 
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