El Tribunal Supremo ratifica que hubo ensañamiento en el asesinato de Ana Isabel González
En su sentencia impone 23 años de cárcel a su asesino y exnovio, corrigiendo al TSJ de Andalucía que rebajó ocho años la pena inicial al no tener en cuenta como agravante las 30 puñaladas asestadas a la víctima mientras ella pedía que parase
Torremolinos
En el crimen de la profesora arandina Ana Isabel González, asesinada por su exnovio, hubo ensañamiento. Y no sólo porque recibió 30 puñaladas. El hecho de que el asesino no atendiera a los ruegos de la víctima para que se detuviera demuestra, según el Tribunal Supremo, el propósito de prolongar el sufrimiento de la mujer. De esta manera el Supremo corrige la decisión del TSJ andaluz, que había rebajado en ocho años la condena inicial al no tener en cuenta el agravante de ensañamiento y fija la condena en 23 años de prisión.
Los hechos a los que se remite la sentencia se produjeron el 5 de marzo de 2014, cuando la profesora arandina de inglés, Ana Isabel González, que contaba entonces con 47 años, fue asesinada en Torremolinos, localidad donde trabajaba, por el que fuera su pareja durante siete años, Carlos del Río, quien antes de acudir al domicilio de la víctima donde perpetró el crimen compró un cuchillo con el que le asestó 30 puñaladas. Dos años después un jurado popular, sin resquicio de duda, declaró culpable de un delito de asesinato al reo, con las agravantes de parentesco y ensañamiento. Consideraron probado que las treinta puñaladas se infligieron con la intención de matar y hacer sufrir a la víctima pese a sus ruegos y sin que pudiera defenderse. La sentencia dictada en ese momento incluía también la obligación de indemnizar a los padres y dos hermanos de Ana Isabel con 300.000 euros porque los magistrados señalaban explícitamente el espeluznante daño moral que en los seres queridos de la víctima había producido no sólo su fallecimiento, sino las circunstancias y el horror que rodearon su muerte. Pese a ello y a través de un recurso el TSJ de Andalucía rebajó en ocho años la condena dejándola en 17, argumentando para ello que las 30 puñaladas propinadas por el asesino no tenían como objetivo aumentar el sufrimiento de la víctima y que fueron consecuencia de un enojo ciego.
Una decisión con la que no se quisieron conformar los familiares de Ana Isabel González. No sólo buscaron el apoyo popular con concentraciones y recogida de firmas, contando especialmente con el apoyo y cariño de la población arandina, sino que también apelaron al Tribunal Supremo, cuyos magistrados finalmente han dado la razón a sus argumentos: confirman la existencia de ensañamiento por lo que elevan la pena hasta los 23 años de prisión para el asesino. En esta última sentencia los magistrados subrayan que en la acción del asesino hubo “propósito de prolongar el sufrimiento, clara expresión del sentimiento de odio que impulsó su acción”, reflejando que las 30 puñaladas estaban repartidas por cuello, tórax, oreja, brazos y manos, aunque solo tres de ellas fueron de carácter mortal.
Con respecto al tiempo que pudo durar la agresión el Supremo indica que “una muerte rápida por agresión no es incompatible con el sufrimiento por la víctima de dolores innecesarios si durante ese bree lapso de tiempo el agresor no cesa de inferirle heridas obviamente dolorosas como ocurrió en el caso objeto de enjuiciamiento.”
Rebajan, por el contrario, en dos años la pena inicialmente impuesta, en atención a la confesión de los hechos que hizo el condenado ya que “aunque tardía, facilitó ostensiblemente la investigación y fue persistente y veraz en cuanto al reconocimiento de los hechos en su aspecto nuclear.”
La argumentación que incluye esta sentencia es especialmente valiosa según expertos jurídicos, dado que podría crear jurisprudencia.
El propio homicida había apelado también al Tribunal Supremo para solicitar una rebaja aun mayor de la pena de cárcel, dejando la condena en 11 años, pretensión que ha sido desestimada por los magistrados.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ahora enmendada por el Supremo se hizo merecedora del premio Garrote de Genero y Justicia al Descubierto de la organización internacional Women´s Link Worldwide, que señalan con el dedo aquellas decisiones judiciales que hacen retroceder los derechos de las mujeres y las niñas de todo el mundo.