Satisfacción en Zamora por la sentencia de las cláusulas suelo
Sorpresa inicial entre los expertos jurídicos, que daban pocas posibilidades a la resolución del Tribunal de Justicia de la UE, por la posición contraria del Abogado General
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Dos hombres protestan contra las cláusulas suelo a las hipotecas. / Cadena SER
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Zamora
La sentencia conocida este miércoles del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara la retroactividad de la devolución de lo indebidamente cobrado por los bancos en las cláusulas suelo de las hipotecas, ha sido recibida con sorpresa y con satisfacción entre los círculos jurídicos que se han especializado en este caso. Admiten que no confiaban en esta resolución teniendo en cuenta que el Abogado General del alto tribunal europeo se había opuesto a esa retroactividad y la mayoría de las resoluciones judiciales vienen coincidiendo con sus planteamientos.
El recorrido jurídico comienza con la resolución de la cuestión prejudicial que elevó en julio del año pasado la Audiencia Provincial de Zamora, a partir del contenido de un recurso interpuesto por el letrado zamorano Fidel Aldea, que se ha mostrado satisfecho hoy de la resolución. El letrado resta importancia a su influencia en este caso, y resalta el mérito de la Audiencia Provincial y su valentía para enfrentarse a la resolución del Tribunal Supremo. Fidel Aldea recuerda que la de Zamora fue la primera que planteó la cuestión y posteriormente se sumaron otras audiencias, como la de Alicante.
Ahora se abre un periodo en el que los clientes afectados podrán negociar directamente la devolución con sus bancos respectivos o bien plantear una nueva batalla legal para reclamar la devolución de lo cobrado y sus intereses. En Zamora se calcula que hay unos 5.000 afectados, según expone el abogado Antonio del Castillo, de la Plataforma Stop Cláusulas Suelo.
Hasta ahora, los tribunales estaban fallando a favor de los clientes y obligaban a la devolución de las cantidades mal cobradas en las cláusulas suelo, pero sólo desde el 9 de mayo de 2013, según sentenció el Tribunal Supremo de España. Ahora, el Tribunal de Justicia de la UE dice que debe ser desde el origen del contrato.
Según las estimaciones de Antonio del Castillo, la resolución podría suponer una devolución media de entre 2.000 y 3.000 euros por cliente afectado, aunque matiza que todo depende de cada caso individual. En este sentido, se recuerda que la evolución del precio del dinero sólo permite que la devolución de aplique desde el año 2009, porque hasta ese año el precio del dinero estaba por encima del mínimo de referencia.