El caso Carrasco, visto para sentencia
La Fiscalí pide elevar en dos años la pena a Raquel Gago, mientras que las defensas piden rebajas de condena e incluso la repetición del juicio
Madrid
El fiscal ha pedido al Tribunal Supremo que agrave en dos años la pena de 12 que se impuso a la policía de León Raquel Gago por complicidad en el asesinato de Isabel Carrasco, mientras que ha pedido que se confirmen las condenas para Montserrat y Triana, madre e hija consideradas autoras.
El Supremo ha celebrado esta mañana la vista pública de los recursos contra la sentencia por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) que condenó a Montserrat González, a su hija Triana Martínez y a la policía municipal Raquel Gago.
Las defensas han pedido la absolución, la nulidad del juicio o, al menos, que se rebaje la pena de las implicadas. Argumentan que ni Triana ni Raquel sabían que Montserrat iba a disparar esa mañana contra Isabel.
Además, el defensor de Montserrat ha defendido que debería valorarse la eximente incompleta de trastorno paranoide.
En el caso de Raquel Gago, su abogado ha denunciado que la condena no ha explicado sus motivos para participar en los hechos.
Por su parte, la Fiscalía ha pedido que se castigue también a Gago por tenencia ilícita de armas: estuvo más de una hora esperando a que le entregaran el revólver mientras se cometía el crimen y luego lo tuvo más de 30 horas en su poder hasta que lo entregó a la Justicia, ha dicho la acusación.
"Ella aceptó hacerse cargo de este arma, un revólver sin licencia, con los números borrados", ha añadido el fiscal.
Por el contrario, la defensa de Gago se ha preguntado: "¿por qué, si supo que habían detenido a sus... digamos compinches, no se deshizo del arma? ¿No es más lógico pensar que no sabía que el revólver estaba en su poder y que cuando se dio cuenta lo entregó?".
Tampoco ha aceptado el fiscal la tesis de que Montserrat actuó bajo el efecto de una patología: "no hubo enfermedad mental en Montserrat, sino odio".
Para negar que hubiera concierto entre las condenadas, sus defensas han señalado incongruencias en el relato de hechos de la condena, una parte de las cuales obedecen a las dudas que arroja el testimonio del policía jubilado que siguió a Montserrat inmediatamente después del crimen.
"Alguien ha hablado con el policía, condecorado, para que dijera que no perdió de vista a Montserrat en ningún momento y eso no es verdad. Pero influyó en el jurado", ha señalado el letrado José Ramón García, abogado de madre e hija.
Junto a ello, ha insistido en las incongruencias existentes entre las horas de las llamadas producidas entre las implicadas inmediatamente después del asesinato y el relato de hechos de la sentencia condenatoria, incongruencias a las que el TSJCL ha respondido con "generalidades".
Por el contrario, el fiscal ha señalado que la valoración de las pruebas ha sido racional y fundamentada.
Estas han sido las claves de una vista pública, la celebrada hoy durante dos horas en el Supremo, que ha atraído la atención de los medios de comunicación hasta el punto de que se ha habilitado señal en abierto para las televisiones.
El asesinato de la política popular fue cometido el 12 de mayo de 2014 cuando, según los hechos probados recogidos por la sentencia recurrida, Montserrat González disparó hasta en tres ocasiones a bocajarro a Isabel Carrasco en una pasarela peatonal sobre el río Bernesga, en León.
La política se dirigía a la sede del PP para trasladarse a Valladolid, donde iba a asistir a un acto electoral del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
Montserrat González fue condenada a 22 años de reclusión y su hija, Triana Martínez, a 20 años. En cuanto a Raquel Gago, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León la condenó, por el encubrimiento del asesinato, a 12 años. La consideró cómplice, tal y como determinó el jurado, pero sin que tal complicidad pueda ser elevada a autoría.
Gago está actualmente en libertad provisional a la espera de que la sentencia del TSJCL sea confirmada por el Supremo o suceda lo contrario.