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Archivada la denuncia que pretendía destituir a Javier Rodriguez como presidente del Deportivo

El denunciante, Alberto Villegas, tiene la potestad de recurrir el auto

Javier Rodriguez en el estudio central de Radio Palencia / cadena ser

Palencia

La última e interrumpida Asamblea en el Deportivo Palencia finalizó, a instancias del presidente Javier Rodríguez, cuando un socio se levantó y preguntó si él era presidente legítimo o no. Y es que desde hacía tiempo se había puesto en tela de juicio tal hecho alegando que no cumplía con los requisitos para serlo.

Tiempo atrás el que fuera director deportivo Alberto Villegas había presentado una denuncia al respecto apuntando a un presunto delito societario por una supuesta falsedad documental. Pues bien, la Cadena SER ha tenido acceso al auto dictado por la juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 que ha decidido sobreseer la denuncia y estimar por lo tanto la defensa de Javier Rodriguez quien, representando por el letrado Luciano Amor, pidió el archivo entendiendo que esto no era una cuestión de índole penal.

En el mencionado auto la juez dice textualmente que “obra unido a autos el acta de la Asamblea celebrada hace dos años, 22 de diciembre de 2014, presidida entre otros por el denunciante Alberto Villegas. En la misma se hace constar, en el punto 1, que se da conformidad a la presidencia de D. Javier Rodriguez de la Vega con la entrada relacionada de la nueva Junta Directiva. No consta que desde entonces socio alguno haya denunciando o haya hecho valer algún tipo de irregularidad en el proceso electoral, habiendo contado presumiblemente en todo momento con el beneplácito o aquiescencia del hoy denunciante desde el mismo momento en el que él mismo, como director deportivo, formaba parte de tal Junta Directiva. Procede por lo tanto - concluye la juez - acordar el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones al no haber resultado acreditado la concurrencia de indicio alguno de falsedad documental…”

El auto es recurrible ante la misma jueza mediante recurso de reforma en tres días hábiles y mediante apelación a la Audiencia Provincial en los próximos cinco días.

 
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