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Tres años de prisión para la ovetense que abandonó a sus tres hijas en Pumarín

El juez le retira la patria potestad de las menores durante ocho años

María Josefa F. Gallego, en el banquillo de los acusados. / Pablo Canga

María Josefa F. Gallego, en el banquillo de los acusados.

Oviedo

El magistrado del  juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo, Francisco Javier Iriarte, ha impuesto una pena de tres años de prisión, por un delito de abadono de menores, a María Josefa Fernández Gallego, la ovetense que mantenía a sus tres hijas -tres niñas de corta edad- en deplorables condiciones higiénicas y sanitarias en un piso del barrio de Pumarín, del que fueron rescatadas por la Policía cuando se encontraban solas en plena noche. 

El fallo establece también la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto  de sus hijas durante ocho años.

Los hechos se remontan a la noche del 18 al 19 de diciembre de 2014. María Josefa Fernández Gallego abandona la vivienda en la vivía con sus hijas en la calle Benjamín Ortiz de Oviedo. Allí quedaron solas las tres niñas. La más pequeña se quedó sobre una cama matrimonial, con sólo un pañal y sin nada más que la tapara; las otras dos quedaron descalzas, y la primera de ellas solo llevaba encima una camiseta y un pañal. Un vecino del inmueble, que oyó el llanto de las niñas, avisó a la policía a la 1.30 horas del 19 de diciembre. Varias patrullas del Cuerpo Nacional de Policía se personaron en la vivienda, a la que accedieron a través de la cocina por el patio interior. Los agentes localizaron a una de ellas en la cama en la que la había dejado su madre, llorando por efecto del frío, por lo que procedieron a cubrirla con una manta para darle calor y tranquilizarla. Según el atestado policial, a las otras dos niñas las encontraron en el salón de la vivienda: ambas estaban sucias y desaliñadas y se comunicaban entre sí con sonidos inarticulados; la primera sostenía una lata de cerveza abierta y la segunda, sentada en un sofá, se balanceaba y se golpeaba la cabeza repetidamente con el respaldo. El piso carecía de calefacción, se encontraba sucio, desordenado y con olor a excrementos y tenía cerrada con llave la puerta de acceso a la vivienda, por lo que los agentes tuvieron que salir con las menores por el patio interior del edificio.

Las tres fueron trasladadas al Hospital Universitario Central de Asturias, donde los médicos advirtieron certificaron el mal estado en el que se encontraban. El informe cita que la más pequeña presentaba un eritema en la zona del pañal y un ligero eritema en pliegues del cuello y axila. Otra de las niñas presentaba un estado de nula higiene, la presencia de áreas eccematosas en la cara interna de ambos muslos, una lesión cicatrizal en el dorso, algún hematoma en regresión en forma de impresiones digitiformes en el tronco, hematomas pequeños en regresión en las regiones pretibiales, las uñas de pies y manos largas y sucias, un pelo liso ralo y con alopecia en vertex, delgadez, palidez y la ausencia de cualquier tipo de comunicación verbal o de muestras de emociones. La tercera de las pequeñas , con quien tampoco era posible obtener ningún tipo de comunicación verbal, se limitaba a balbucear, estaba muy sucia, despeinada y con el pelo sucio, con las uñas de pies y manos negras de suciedad y áreas eccematosas en la cara interna de ambos muslos, según cita el informe de los médicos, que pudieron comprobar que las tres niñas llevaban siendo atendidas deficientemente desde tiempo atrás.

María Josefa Fernández Gallego no regresó al domicilio y no fue localizada hasta el 25 de diciembre de 2014, día en el que, a eso de la una de la tarde, agentes del Cuerpo Nacional de Policía la identificaron cuando caminaba por la calle Arzobispo Guisasola de Oviedo y procedieron a su detención.

Por resolución de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Principado de Asturias de 22 de diciembre de 2014 se declaró a las tres menores en situación de desamparo y se acordó la asunción de su tutela por la citada consejería, con suspensión de la madre en el ejercicio de la patria potestad, y su acogimiento residencial mediante alojamiento en centros de protección de menores.

 
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