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Tribunales | Actualidad

La Fiscalía no recurrirá el archivo de la denuncia a Ramírez de Arellano

El consejero fue denunciado por la adjudicación supuestamente irregular de un edificio universitario, cuando era vicerrector de la Universidad de Sevilla

EFE

Granada

La Fiscalía Superior de Andalucía no recurrirá el archivo de la denuncia contra el consejero andaluz de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano, decretado por el Tribunal Superior de Andalucía, al compartir el criterio del instructor, el magistrado de la Sala Civil y Penal Juan Ruiz-Rico.

Según han informado a Efe fuentes de la Fiscalía andaluza, el Ministerio Público se suma así al argumento esgrimido por el instructor de la denuncia, que alegó falta de "indicios suficientes" de los delitos de prevaricación y falsificación de los que fue acusado el consejero para decretar el archivo de la denuncia.

El consejero fue denunciado por la adjudicación, cuando era vicerrector de la Universidad de Sevilla, de un centro universitario que tenía un presupuesto de 34,8 millones de euros, de los que se subvencionaron 21,7 millones.

Las diligencias fueron abiertas a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía Superior de Andalucía por hechos ocurridos cuando Arellano era vicerrector de Infraestructuras de la Universidad de Sevilla, aunque el juez consideró finalmente que el consejero "no participó en el proceso selectivo" de la empresa adjudicataria.

El magistrado afirmó en el auto de archivo que no había quedado acreditado que Arellano "conociera los datos de los licitadores que habían concurrido, ni cómo se habían documentado las ofertas y demás trámites administrativos ni, en definitiva, que se hubiera producido cualquier tipo de irregularidad respecto de los mismos".

La Fiscalía consideraba en su denuncia que Arellano, al adjudicar el Centro de Transferencia de Resultados de Investigación de la Universidad de Sevilla (Centrius), no respetó los procedimientos establecidos en la ley de contratos del sector público y lo hizo de forma "directa y arbitraria" a favor de un arquitecto.

El juez entendió que lo "decisivo" en este caso no es "la posible incorrección de los procedimientos administrativos y el trámite elegido para ello", y aclaró que, "por razones de urbanismo o subvenciones presupuestarias", se "exigían unos procedimientos de adjudicación muy ágiles si se quería llegar a tiempo".

Situación que el magistrado atribuyó a una "falta de previsión" o a falta de "la suficiente asignación presupuestaria".

En su auto de archivo, al que ahora se suma la Fiscalía, el juez aseguraba: "No es que no haya seguridad de la responsabilidad del investigado, es que se puede establecer una muy razonable estimación de que el material probatorio carece de la aptitud suficiente para generar un mínimo de certeza, lo que ha de comportar clausurar ya el procedimiento mediante el correspondiente auto de sobreseimiento".

El instructor añadía que no existen "indicios suficiente de la participación deliberada" del consejero en los hechos "supuestamente delictivos".

"Esto no excluye que, en su caso, de aparecer nuevos elementos que desvirtúen las razones aducidas, pueda ser reaperturado el procedimiento", concluyó el juez antes de acordar el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias.

 
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