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HASIER ARRAIZ

Archivo definitivo al caso "Jaque Mate"

Según el auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, las declaraciones de Hasier Arraiz sobre la Guardia Civil son "rechazables moral y socialmente", pero "no pueden ser sancionadas penalmente"

EFE

Bilbao

En un auto de 18 páginas fechado el 22 de junio, los magistrados Nekane Bolado, Franciso de Borja Iriarte y José Damián Iranzo, estiman el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Hasier Arraiz y acuerdan el sobreseimiento libre y el archivo definitivo de las actuaciones "por no tener carácter delictivo los hechos investigados". El auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

En su escrito destacan en diversas ocasiones que prevalece la libertad de expresión y el Tribunal se "inclina por una interpretación extensiva" de este derecho, "pues es garantía de la propia existencia del Estado de Derecho". Recuerdan que la Fiscalía ha solicitado también el sobreseimiento de la causa en base a este derecho y se sirven de la jurisprudencia en el Tribunal Constitucional y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para dar carpetazo a esta querella y elevar a definitivo el archivo. Recordamos que Arraiz pidió el "jaque mate" a la Guardia Civil en una conferencia de prensa el 12 de enero del 2015 en San Sebastián, horas después de que se iniciara la operación "Mate" contra el denominado frente de cárceles de ETA, que se saldó con 16 detenidos. El dirigente de Sortu opinó que es "el momento" de que el pueblo vasco "dé jaque mate a la Guardia Civil" porque "es el momento de que se vayan de Euskal Herria".

Mantiene el Tribunal en su escrito que las palabras de Arraiz "no suponen incitación a la violencia o propagación del proscrito discurso del odio, aunque sean molestas, chocantes o inquietantes" y no lo son porque terminan siendo "irrelevantes penalmente a la luz de la docrina del TEDH "en tanto se limitan a realizar una crítica política, relevante al menos para sus seguidores". Aseguran que, tal y como alega el Ministerio Fiscal, los términos en que se expresó Arraiz "resultan innecesariamente duros", sin embargo, han de entenderse estos excesos como una forma, señala, de resaltar "el mero contraste de criterios políticos en el ámbito de la inmigración", jugando para ello con el resultado de los incidentes que habían tenido lugar en la valla de Melilla. De modo que, "aunque es comprensible la queja de la parte querellante", no ven delito penal alguno.  Argumentan que de no ser así, esto "nos llevaría a la penalización de los numerosos excesos retóricos de los mítines electorales", con todas las consecuencias que ello determinaría "en un ámbito en que debe primar la libertad de expresión e información".

 
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