La Justicia permite que los apartamentos se alquilen menos de cinco noches
El Tribunal Superior de Justicia anula el Decreto aprobado por el gobierno de Ignacio González para poner freno a plataformas de alquiler con la obligación de contratar al menos cinco noches
![](https://cadenaser.com/resizer/v2/O7ZZTHUQKBKC5LM5Y6OK44NUN4.jpg?auth=0c8de8b6d3848adfb7e2bab1c1ace5d5388b73b9a167e5e18d3817e60657f93e&quality=70&width=650&height=365&smart=true)
Logotipo de la compañía / Airbnb
![Logotipo de la compañía](https://cadenaser.com/resizer/v2/O7ZZTHUQKBKC5LM5Y6OK44NUN4.jpg?auth=0c8de8b6d3848adfb7e2bab1c1ace5d5388b73b9a167e5e18d3817e60657f93e)
Madrid
Los turistas que quieran venir a Madrid y alojarse en un apartamento ya podrán alquilarlo para menos de cinco noches. El Tribunal Superior de Justicia ha decidido tumbar el decreto de 2014 con el que el ejecutivo de Ignacio González intentó frenar plataformas como Airbnb exigiendo que como mínimo estos apartamentos fueran alquilados durante cinco días.
En una sentencia de la sección octava de la sala de lo contencioso-administrativo, los jueces estiman el recurso interpuesto por la asociación Madrid Aloja y anulan ese aspecto concreto del Decreto 79/2014, alegando que esta orden "crea un obstáculo a la competencia".
Niega la sentencia, haciéndose eco de otra resolución dictada tras una resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, que la norma busque proteger al usuario ya que esto "no parece desprenderse de la limitación de su estancia", sino en otros artículos del Decreto que por ejemplo obligan al apartamento a cumplir con la normativa de seguridad, urbanismo, accesibilidad, sanidad y medio ambiente.
Explican los jueces que la medida no es necesaria para los objetivos que se marca: proteger a lo usuarios y también combatir la opacidad fiscal. Con respecto a este segundo punto explica la sentencia que "desde luego, no parece que limitar temporalmente la oferta de viviendas tenga repercusión alguna en la eventual opacidad de las obligaciones fiscales, pues se encuentra totalmente desconectada de tal finalidad".
Destaca también la resolución que además las estadísticas del INE demuestran que la mayor parte de la demanda de este tipo de apartamentos "es menor de cinco días".
Se trata de una sentencia recurrible ante el Tribunal Supremo.