El Supremo reconoce prácticas abusivas contra una pyme alavesa
En la resolución a la que hemos tenido acceso en la SER, avala a la Audiencia Provincial de Álava y condena a una entidad bancaria a devolver cerca de 200.000 euros a una empresa familiar por "haber maquinado consciente y deliberadamente" al colocarle una serie de productos bancarios
Bilbao
Esta pequeña empresa de la que dependen casi 50 familias estuvo a punto de cerrar por fiarse de su banco. El auto del Supremo al que hemos tenido acceso sanciona a una importante entidad bancaria por colocarle productos abusivos "creando una falsa apariencia de negocio jurídico (...) sin riesgo de pérdidas". Convalida el Alto Tribunal lo que previamente habían confirmado en Primera Instancia y en la Audiencia Provincial de Álava, que el hecho de que el cliente "no conociese en qué consistía exactamente el producto" debía ser interpretado "como una conducta insidiosa" de la entidad bancaria en cuestión.
Según se reconoce en la resolución, el responsable de la pyme recibió la llamada de un empleado del banco que le decía que "para ganar estatus como cliente y para favorecer la concesión de un posible préstamo", debería contratar algunos productos bancarios. Lo hizo y durante el primer año tuvo rendimiento, pero esa primera relación abrió la veda a lo que los abogados de Delta Lex, que se han encargado de la defensa de esta pyme, califican de "juego de trileros" porque "pareciera que el primer producto ofrecido fuera un gancho para preparar el encaje de otros mucho más perjudiciales para el cliente y absolutamente beneficiosos para la entidad". Y es que durante el segundo año, la pyme trató de desvincularse, y fue entonces cuando le dijeron, por primera vez, que sólo sería posible previo abono de un coste de cancelación de casi 300.000 euros. La otra opción fue otro producto financiero distinto "con el que la pyme solo obtendría más beneficios", y de nuevo más deudas. Entró el cliente así en una vorágine de nuevas contrataciones y en una relación de deudas que se incrementaban cada vez más sin solución de continuidad, porque romper la relación bancaria se hacía todavía más costoso. Es más, si no hubiera intervenido judicialmente, las pérdidas solo en 2013 habrían alcanzado cerca de 120.000 euros y se habrían incrementado a 160.000 un año más tarde, con lo que la empresa habría dejado de ser viable.
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La acción judicial paralizó la obligación de la pyme a seguir pagando esas deudas a partir de la demanda, ya que así lo solicitaron sus abogados de forma cautelar, y gracias a que recibieron la razón, la empresa no tuvo que hacer frente a esos pagos al banco, pagos que habrían conducido al cierre de la empresa. Finalmente, la entidad bancaria ha abonado por las pérdidas desde 2004 a 2013 cerca de 200.000 euros.