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Una línea de alta tensión próxima al colegio del amianto

A apenas 100 metros del colegio público San Gregorio de Galapagar discurre una línea de alta tensión que el gobierno iba a soterrar el año pasado. El proyecto fue desestimado y la infraestructura sigue funcionando a pleno rendimiento

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Madrid

A apenas 100 metros del CEIP San Gregorio, en Galapagar, existe una linea de alta tensión de 400 kilovatios. Ahora mismo, sobre la mesa del Ministerio de Industria no hay ningún plan para retirarla al menos de aquí a 2020 después de que el año pasado fuera rechazado un proyecto de mayor envergadura que iba a suponer el soterramiento de esta línea.

El 9 de abril de 2015 la Secretaría de Estado de Medio Ambiente desestimó el proyecto Galapagar-Moraleja de Enmedio por una declaración de impacto ambiental desfavorable. Unos meses después, en octubre del año pasado, el Consejo de Ministros aprobó el documento de planificación energética con las obras contempladas entre los años 2015 y 2020 donde no figura esta infraestructura ni ninguna otra que pueda suponer modificaciones a medio plazo en la línea de Galapagar que, a día de hoy, sigue funcionando.

El impacto sobre la salud de las líneas de alta tensión

La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) ha incluido los campos electromagnéticos de baja frecuencia –los generados por los tendidos eléctricos e infraestructuras asociadas– como posible agente cancerígeno (categoría 2B). Investigadores del Departamento de los Servicios de Salud de California realizaron en 2002 una revisión sobre posibles problemas para la salud de los campos eléctricos y magnéticos, concluyendo que la evidencia sobre la leucemia infantil justifica el cambio de clasificación como posible agente cancerígeno a la de cancerígeno (categoría 1), según el criterio de clasificación de la IARC.

En España, según Ecologistas en Acción, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión, en su artículo 25, establece unas distancias límite a todas luces insuficiente para evitar las posibles afecciones sanitarias derivadas de una exposición continua a campos electromagnéticos de baja frecuencia. Por ello, la Federación Española de Municipios y Provincias recomendó que se redefiniese dicho artículo 25 del Reglamento aplicando el principio de precaución. También, en los años 2001 y 2003, el Ministerio de Sanidad y Consumo planteó la necesidad de reformar el Reglamento para “redefinir unas distancias mínimas de seguridad desde las líneas de alta tensión a edificios, viviendas o instalaciones de uso público y privado” y de “actualizar la fórmula de referencia para la distancia de seguridad a líneas de alta tensión”

 
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