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La jueza del caso Eva Blanco calculó una indemnización de 200.000 euros

El auto de procesamiento dictado antes de conocer el suicidio del acusado le impuso una fianza de responsabilidad civil de 200.000 euros y apuntaba al “altísimo riesgo de fuga”

El presunto autor del asesinato de Eva Blanco es trasladado por un agente de la Guardia Civil al juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz / Chema Moya (EFE)

El presunto autor del asesinato de Eva Blanco es trasladado por un agente de la Guardia Civil al juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz

Madrid

Un 20 de abril de 1997, el puesto de la Guardia Civil de Algete recibía una llamada informando de la aparición del cadáver de una joven en una rotonda del norte de Madrid. Un 29 de enero de 2016, el juzgado de instrucción nº 4 de Torrejón de Ardoz daba por cerrada la investigación y enviaba a juicio al único acusado, detenido meses antes en Francia. Pocos minutos después, a las diez y media de la mañana de ese mismo día, una llamada desde la cárcel de Alcalá-Meco informaba a la jueza Marta Gala de que el sospechoso, Ahmed Chehl, se había suicidado en su celda.

Los dos autos que dictó la jueza poco antes de conocer la noticia – el de procesamiento y el de transformación a sumario – se limitan a avalar la medida por entender que hay pruebas suficientes para enviar a Chehl a juicio, asegurando que hay una “sólida prueba genética existente en el proceso”, y a confirmar su situación de prisión provisional “ante el altísimo riesgo de fuga existente”.

Pero estos dos autos también dibujaban el camino jurídico que esperaba al único acusado de este asesinato: en primer lugar, la magistrada le atribuía delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato, apuntando la pena máxima aparejada a cada uno lo que dejaba una condena máxima de 46 años de prisión en caso de declararle culpable. En segundo lugar, y “teniendo en cuenta la gravedad de los hechos por los que se sigue la causa”, también fijaba una fianza de responsabilidad civil de 200.000 euros para el acusado, dándole un plazo de 24 horas para pagarla antes de empezar a embargar sus bienes.

En su auto, la magistrada explica que esta fianza se imponía “para asegurar todas las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse”, que en un procedimiento en el que se enjuicia un asesinato se destina las indemnizaciones que una sentencia pueda ordenar pagar a los afectados por la muerte, en este caso los padres de Eva Blanco, que entonces tenía 16 años.

A la espera del archivo

Fuentes cercanas a la investigación aseguran que la noticia de la muerte del único acusado ha caído como un jarro de agua fría en el juzgado nº 4 de Torrejón de Ardoz, que dirige todavía la investigación por la muerte de esta joven en 1997. De hecho la magistrada instructora pidió explicaciones a Instituciones Penitenciarias para aclarar las circunstancias del suicidio: será cuando tenga este informe sobre la mesa cuando la jueza dicte el sobreseimiento libre de la causa.

 
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