Política | Actualidad

Plan Renove de Ventanas 2015

Se prevé que más de 1.500 viviendas habituales de Euskadi se beneficien de estas ayudas, que verán reducido su consumo energético gracias a un mayor aislamiento

Ya están publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco las bases que regulan la concesión de las ayudas del Plan Renove de Ventanas 2015 que contará con un presupuesto de 1.000.000€ para la renovación de cerramientos acristalados exteriores por otros con aislamiento reforzado. Este programa persigue mejorar la eficiencia energética de viviendas de uso habitual ubicadas en Euskadi que verán reducido su consumo energético en calefacción gracias a una mayor protección térmica del exterior.

Desde el dia 8 de Septiembre El Ente Vasco de la Energía (EVE), iniciará la recepción de las solicitudes cuyo plazo permanecerá vigente hasta el agotamiento de los fondos. Para optar a esta subvención será requisito imprescindible presentar la documentación completa especificada en las bases públicas disponibles en la web corporativa del Ente Vasco de la Energía (www.eve.es). Serán válidas todas aquellas sustituciones de renovación con factura emitida a partir del 1 de enero de 2015, pero en ningún caso se admitirán facturas con fecha posterior a la del agotamiento del presupuesto.

El Plan Renove de Ventanas contribuirá al coste de las ventanas en su conjunto –cristales, marco, cajón de persiana- así como con el coste de la albañilería necesaria para su instalación. La cuantía máxima que se subvencionará será el 22% de la inversión y cada vivienda podrá recibir hasta un máximo de 1.000 euros de ayuda, cuantía que no se podrá superar en ningún caso. Solamente serán admitidas las renovaciones de ventanas de vivienda habitual ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Además el EVE se reserva el derecho a realizar inspecciones para comprobar la efectiva ejecución de la inversión objeto de ayuda.

En cuanto a los requisitos que deben tener las ventanas para poder acogerse al presente programa, deberá tratarse de ventanas o puertas de ventana que formen parte de los cerramientos exteriores de la vivienda y separen recintos calentados del ambiente exterior. Por este motivo no se contemplarán aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda. Además, deberán contar con marcado CE, rotura de puente térmico en el caso de las carpinterías metálicas, y doble acristalamiento formado por vidrios con aislamiento reforzado (ATR) que dispongan de cámara de aire de un espesor mínimo de 14 mm y transmitancia térmica inferior o igual a 1,40 W/m2 K.

 
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