Sociedad | Actualidad

El Tribunal Constitucional avala la privatización de servicios sanitarios

El tribunal de garantías avala la externalización de hospitales que emprendió la Comunidad por entender que no se intentaba privatizar toda la sanidad

Madrid

El Tribunal Constitucional ha dado un aval parcial al plan que la Comunidad de Madrid puso en marcha para externalizar seis hospitales de la capital del país: en una sentencia rechazan los argumentos del grupo socialista del Senado, y da el visto bueno a la mayoría a esta norma. En su sentencia, los jueces abren la puerta a que cualquier servicio público sea gestionado por terceros o por empresas privadas, pero que la gestión del servicio público de la sanidad en su conjunto sigue estando bajo el manto de la administración: "No se aprecia, por tanto, que la previsión recurrida ponga en cuestión los rasgos estructurales de la institución de la Seguridad Social, ni que se desnaturalice su esencia".

Añade además que esta norma de la Comunidad concuerda con la Ley de Constratos del Sector Público: en su artículo 275.1 afirma que "la Administración podrá gestionar indirectamente los servicios de su competencia, siempre que sean susceptibles de explotación por particulares". La línea roja la pone en privatizar un Ministerio o una Consejería: "En ningún caso podrá prestarse por gestión indirecta los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes púlicos".

"La posible apertura a formas de gestión y responsabilidad privada se lleva a cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio, refiriéndose la norma únicamente a un supuesto de externalización de la gestión del servicio público en determinados hospitales dependientes del Servicio Madrileño de Salud", añaden los jueces.

El único punto en que los jueces dan la razón al grupo socialista del Senado es en lo relativo a la adjudicación de los contratos: señalan que dar preferencia a sociedades profesionales compuestas en su mayoría por profesionales del SERMAS es “contraria a la legislación básica del Estado en materia de contratos y concesiones administrativas”.

 
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