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ATHLETIC | ELECCIONES

Comienza la carrera electoral

El Club hace oficial que las elecciones serán el 27 de marzo y marca los plazos para la presentación de candidaturas y de avales

El palacio de Ibaigane, sede del Athletic Club

El palacio de Ibaigane, sede del Athletic Club

Bilbao

Que las elecciones a la presidencia del Athletic, en el supuesto caso de que se celebren, tendrán lugar el viernes 27 de marzo lo anunció Josu Urrutia. Sin embargo, esta fecha no ha sido oficial hasta el lunes 16 de febrero, cuando la Junta Gestora del club lo ha anunciado en la sede de Ibaigane y lo ha publicado en la prensa local, tal y como lo requieren los estatutos.

Además de oficializar la fecha electora, también ha hecho públicos los plazos necesarios que deberán realizar aquellos que opten a la poltrona del Club. En una nota, el Athletic publica el calendario electoral y recuerda qué socios tienen derecho a ejercer el voto.

En el supuesto caso de que ninguna candidatura compitiera con el presidente saliente, Josu Urrutia sería proclamado el 12 de febrero.

Esta es la nota oficial que ha publicado el club:

La Junta Directiva del Athletic Club, en reunión celebrada el día 12 de Febrero de 2015 ha acordado dimitir y nombrar una Comisión Gestora que, de acuerdo con lo dispuesto en el Titulo V Del Régimen Electoral, artículos 65 y siguientes de los Estatutos del Club, ha acordado convocar Elecciones a Presidente y Junta Directiva, poniendo en conocimiento de los Socios del Club de conformidad con el artículo 71 de los Estatutos, la siguiente información:

El ex presidente del Athletic Josu Urrutia

El ex presidente del Athletic Josu Urrutia

El ex presidente del Athletic Josu Urrutia

El ex presidente del Athletic Josu Urrutia

El número de miembros de cada Candidatura será impar y se decidirá por la propia Candidatura entre el mínimo de 11 y el máximo de 21 miembros previsto en el artículo 36 de los Estatutos.

Para ser candidato a Presidente o miembro de la Junta Directiva es necesario reunir las condiciones recogidas en el artículo 66 de los Estatutos, es decir:

a) Tener la mayoría de edad civil.

b) Hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles.

c) No estar sujeto a sanción que le inhabilite para desempeñar cargos directivos.

d) No ostentar cargo directivo en otros Clubes de Fútbol ni encontrarse en activo como jugador, jugadora, árbitro, entrenador, entrenadora o técnico de los mismos en el momento de la proclamación como Candidato.

e) Gozar de una antigüedad de un año ininterrumpido como Socio del Club.

Serán electores, los Socios de Número en que concurran los siguientes requisitos:

a) Tener la mayoría de edad civil.

b) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles.

c) No tener suspendida su condición de socio al momento de convocarse las elecciones.

d) Gozar de una antigüedad de un año ininterrumpido como Socio del Club.

e) Estar incluido en el Censo Electoral.

Se hace constar a los efectos de constitución de la Junta Electoral, que no resulta necesario celebrar un sorteo público para la designación de sus miembros por encontrarse vigente la constituida formalmente en la reunión celebrada el 14 de julio de 2014 con arreglo a lo dispuesto en el artículo 72º de los Estatutos del Athletic Club previo sorteo ante notario el día 27 de Junio de 2014, y documentado en el Acta número 936 del protocolo del Notario de Bilbao, Don Vicente María del Arenal Otero.

El Censo Electoral estará expuesto en la Oficina de Atención al Socio del Club, sita en la Alameda de Mazarredo número 23, Palacio de Ibaigane, del 17 de Febrero al 21 de Febrero de 2015.

El plazo para interponer reclamaciones por los Socios en relación con el Censo Electoral finalizará el 26 de Febrero de 2015. Las reclamaciones se formularán mediante escrito dirigido a la Junta Electoral que se podrá remitir por correo certificado o por entrega directa en la sede del Club.

La resolución de reclamaciones por la Junta Electoral en relación con el Censo se efectuará el 2 de Marzo de 2015, que será comunicada por escrito al reclamante al domicilio que figura en los archivos del Club. Asimismo, llegado el 2 de marzo de 2015, las personas que no hubieran satisfecho su cuota social anual correspondiente al año 2015 serán dadas de baja del Registro de Socios, y en su caso no podrán participar ene l proceso electoral, ni avalando una precandidatura, ni votando.

El plazo de presentación de Candidaturas se iniciará el jueves día 26 de Febrero y finalizará el sábado 7 de Marzo, a las 24:00 horas.

Serán admitidas las Candidaturas que sean promovidas por al menos un 5% de los Socios con derecho a voto. Sólo serán considerados válidos los avales a Candidaturas recogidos en los impresos oficiales que expedirá el Club, en los que además de su firma, deberán constar el nombre, apellidos, DNI y código de Socio, acompañado de la fotocopia del DNI en vigor, debiendo aprobarse dicha documentación por la Junta Electoral. En relación con cada procedimiento electoral cualquier aval para una candidatura presentado en documentación distinta de la aprobada oficialmente por la Junta Electoral y expedida por el Club, o recogido fuera de los plazos señalados en el artículo 73 de los Estatutos del Club será declarado nulo.

La proclamación de candidaturas por la Junta Electoral será el jueves 12 de Marzo, a las 18:00 horas y se publicarán en el tablón de anuncios del Club durante 7 días, hasta las 18:00 horas del jueves 19 de Marzo.

La votación se celebrará en la Sede del Athletic Club, Palacio de Ibaigane, Alameda de Mazarredo número 23 de la Villa de Bilbao, el viernes 27 de Marzo, en horario ininterrumpido de 09:00 a 21:00 horas.

Existirán un total de al menos 21 urnas, destinándose al menos 20 de ellas a la votación presencial y la restante para el voto por correo.

Para ejercer el derecho a voto, los electores deberán identificarse con el D.N.I. o Pasaporte en vigor.

 
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