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Caso Corredor

Los pinchazos de Clavijo fueron realizados sin permiso del juez

En una providencia, el juez Pamparacuatro abre la puerta a la nulidad en el procedimiento abierto contra el candidato nacionalista al Gobierno de Canarias por cuatro delitos de corrupción

Fernando Clavijo / CADENA SER

Fernando Clavijo

Santa Cruz de Tenerife

El juez instructor del denominado caso Corredor, César Romero Pamparacuatro ha dictado una providencia por la que advierte que las escuchas telefónicas a los imputados en el proceso, entre los que se encuentra el alcalde de La Laguna (Tenerife) y candidato a la presidencia del Gobierno de Canarias por Coalición Canaria, Fernando Clavijo, fueron realizadas sin la preceptiva autorización.

Providencia

Providencia / CADENA SER

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Providencia / CADENA SER

En la resolución judicial, Pamparacuatro reconoce que la juez que le antecedió en el procedimiento, Matilde Rocío Flores, no firmó la prórroga de los pinchazos telefónicos. “En fecha 17 de septiembre de 2010, se dicta un único y exclusivo auto en el que se da respuesta exclusivamente a la solicitud del referido oficio relativa a la documental solicitada a Iberia, Volkswagen Finance, Banco Santander, RCI Banque y Orange, pero no existe respuesta judicial relativa a las prórrogas de las intervenciones telefónicas descritas cuyo vencimiento, en virtud de auto de 24 de agosto de 2010, se debería de producir el 25 de septiembre de 2010 a las 23.59 horas”, señala Pamparacuatro en la providencia.

Posible nulidad

La principal consecuencia de la nueva resolución judicial estriba en la posible nulidad de todo el procedimiento. Así, el propio Pamparacuatro reconoce que existe la “la posibilidad de incurrir en causa de nulidad prevista en el art. 238.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)” y se otorga un plazo de cinco días a las partes para presentar alegaciones. En este sentido, el juez cita el articulado legislativo por el cual se establece que los actos procesales “serán nulos de pleno derecho cuando se prescinda de normas esenciales del procedimiento, siempre que, por esa causa, haya podido producirse indefensión”.

Se da la circunstancia que fue el propio juez autor de la providencia quien basó en las citadas escuchas telefónicas, todo el auto por el que se imputó a Fernando Clavijo por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

 
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