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La Audiencia rechaza anular la sentencia condenatoria de Abdeslam Lucena

El alcalde popular de la localidad malagueña de Benamocarra había presentado un incidente de nulidad al considerar que se vulneraron sus derechos y sufrió indefensión

Ciudad de la Justicia Málaga / CADENA SER

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El regidor había pedido que se anulara la sentencia porque, mantenía, no había tenido tiempo de recusar al tribunal que resolvió este asunto en apelación en la sección primera de la Audiencia Malagueña.

Pues bien, en su resolución, la Sala niega que no hubiera tenido tiempo de hacerlo, que conocía desde el principio la composición de los magistrados y que no puede alegar indefensión en este extremo. De hecho mantiene que Lucena ejerce su derecho a la recusación de manera torticera.

Mantiene el tribunal que lo que plantea en el incidente de nulidad obedece a su disconformidad con el resultado del juicio, es decir, con la sentencia condenatoria.

Y es que Abdeslam Lucena pretendía, primero, la recusación de la magistrada Aurora Santos como miembro del tribunal porque coincidió cinco meses con el denunciante, ella como delegada de justicia, él como director de un instituto de Benamocarra, lo que excluyó por parte de diversos tribunales y el propio Consejo General del Poder Judicial, cualquier tipo de contaminación en la magistrada.

Y tampoco considera la Sala que existiera indefensión por no celebrar vista cuando se analizó la apelación de la sentencia original al considerar que el juicio estaba grabado y el recurso de Lucena amplio en su exposición

En definitiva ni vulneración de derechos fundamentales ni indefensión. La sala rechaza anular la sentencia.

Ignacio San Martín

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales y motor. Responsable de 'Autoradio', programa decano...

 
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