Será el Supremo quien decida
La Audiencia Nacional dificulta la excarcelación de presos de ETA a los que se les deben descontar los años de cárcel cumplidos en Francia. Ante la falta de consenso, a través de recursos deberá ser el Tribunal Supremo quien dicte doctrina
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GRA091. MADRID, 27/11/2014.- El juez Fernando Grande-Marlaska hoy durante la Conferencia internacional "Juntos contra el discurso y los delitos de odio", en el Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad. EFE/Zipi / Zipi (EFE)
![GRA091. MADRID, 27/11/2014.- El juez Fernando Grande-Marlaska hoy durante la Conferencia internacional "Juntos contra el discurso y los delitos de odio", en el Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad. EFE/Zipi](https://cadenaser.com/resizer/v2/IAL6ZGAIRROBHG5LTM7KTVEAOQ.jpg?auth=29958c41936343face2ace9d0953c21722ad9ac12a15d2244a49f5bf4510ffe8)
Bilbao
El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido que las distintas secciones de este tribunal que condenaron a los miembros de ETA afectados por una directiva europea sobre acumulación de condenas sean las que se pronuncien sobre su posible excarcelación.
Los jueces de lo penal ha estudiado si es el pleno o los tribunales sentenciadores los que deben decidir sobre la excarcelación de etarras con condenas dictadas en Francia y en España, que se pueden acumular de acuerdo con la normativa europea adaptada a la legislación nacional en una ley aprobada por el Congreso hace dos semanas.
Según fuentes jurídicas, en el debate sobre esta nueva normativa, que podría suponer la excarcelación de tres miembros de ETA, algunos magistrados se han mostrado en contra de la acumulación y otros a favor, y finalmente han decidido que esta cuestión la conozcan las secciones.
Una vez decidan los tribunales sentenciadores sobre los etarras afectados y en caso de que el criterio varíe de uno a otro, cabría un recurso ante el Tribunal Supremo para unificar la doctrina, han indicado las mismas fuentes.
Este nuevo cómputo de penas surge de una directiva de la UE que fue traspuesta a la legislación española el pasado día 12 por el Congreso, cuando aprobó la ley sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la UE.
Aplicando esta ley, que establece entre otras cosas cómo se deben cumplir en España las sentencias dictadas en diferentes países, cosa que ocurre en el caso de los etarras, condenados en Francia y España.
Con la decisión de hoy, el pleno ha enviado los tres casos controvertidos a sus respectivos tribunales sentenciadores, que decidirán sobre la acumulación y, en su caso, ordenarán a las prisiones donde están ingresados los tres etarras a los que podría afectar que hagan un nuevo cómputo teniendo en cuenta la nueva ley y le comuniquen si deben ser excarcelados.
El pasado marzo, antes de que el Congreso adaptara la normativa europea, el Tribunal Supremo ya obligó en una sentencia a la Audiencia Nacional a revisar una posible acumulación de penas al exetarra Urrusolo Sistiaga, incluyendo en el cómputo de la misma la condena que se le impuso a éste en Francia.
La nueva normativa ha afectado a otro caso, el de la etarra arrepentida Carmen Gisasola, sobre la que ya se ha pronunciado la sección de la Audiencia Nacional que la condenó y ha decretado su excarcelación por un nuevo cómputo de una condena de Francia y otra de España