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Pantoja y Muñoz, paradigma de la ilegalidad criminal

El auto dice que ambos realizaron un aprovechamiento privado y torticero del dinero público

Isabel Pantoja, saliendo de los juzgados en una imagen de archivo. / GETTY IMAGES

Isabel Pantoja, saliendo de los juzgados en una imagen de archivo.

Málaga

El auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga que rechaza la suspensión de la pena de privación solicitada por Isabel Pantoja y ordena su ingreso en prisión, considera que la gravedad de la conducta de la tonadillera y su ex pareja Julián Muñoz “es un paradigma de ilegalidad criminal con el aprovechamiento privado y torticero del patrimonio público, y en tal sentido de enorme gravedad social”. Para la Sala, la gravedad de la conducta de ambos resulta incuestionable, pues Isabel Pantoja permitió el blanqueo de los ilícitos beneficios obtenidos por su pareja, en su corrompida y delictiva actividad política y pública al frente del ayuntamiento de Marbella, con las gravísimas consecuencias económicas que para el mismo supuso.

Según el auto del Tribunal, resultó probado en el juicio que ambos, desde sus respectivas actividades, ejecutaron un plan preconcebido para aflorar dinero y ganancias procedentes de las actividades delictivas de Julián Muñoz, mientras este ejercía su función de máxima autoridad del municipio de Marbella. Esas actividades se confundieron y mezclaron con las procedentes del ejercicio profesional y mercantil de Isabel Pantoja. Aunque la Sala entiende que, sin bien no existe peligrosidad subjetiva que se deriva de que ninguno de ellos está en disposición de cometer otros delitos como el que fue objeto de la condena, si que existe una peligrosidad objetivo e intrínseca en los condenados: la entidad de los hechos, sus circunstancias personales y su conducta ulterior y actual de no asumir el delito por el que se les ha condenado. Y es, en esa peligrosidad, en lo que se basa el auto para su negativa a suspender la pena de privación de libertar solicitada por los dos condenados.

Julián Muñoz, en los juzgados de Málaga en una imagen de septiembre de 2010.

Julián Muñoz, en los juzgados de Málaga en una imagen de septiembre de 2010. / Daniel Pérez

Julián Muñoz, en los juzgados de Málaga en una imagen de septiembre de 2010.

Julián Muñoz, en los juzgados de Málaga en una imagen de septiembre de 2010. / Daniel Pérez

La sala considera que la denominada corrupción política es uno de los “ataques más demoledores que pueden infringirse a una sociedad democrática”, no solo desde un punto de vista cuantitativo, por el perjuicio económico que producen, sino también cualitativo: el socavar, hasta casi disolver, los principios mismos sobre los que se asienta aquella.

 
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