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La Junta abre expediente a 8 bancos por no entregar su registro de VPO

Son las principales entidades financieras del pais

Ese expediente puede acabar en sanciones de 130.000 euros por cada una de las viviendas no registradas. La consejería de fomento, en manos de IU, toma la decisión en cumplimiento de la parte no recurrida de la ley de la función social de la vivienda de Andalucía

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La Ley de Función Social de la Vivienda establece la obligatoriedad de las entidades financieras de comunicar a la Consejería de Fomento y Vivienda un inventario de sus viviendas protegidas en Andalucía. Una veintena de entidades han comunicado dicho inventario. A partir de esta información, la Consejería de Fomento y Vivienda ha acreditado que, al menos, 8 entidades financieras que operan en Andalucía, entre las que están los principales bancos españoles directamente o a través de sociedades de gestión de activos inmobiliarios, poseen viviendas protegidas que no han sido puestas a disposición de los registros municipales de demandantes. Ello supone un incumplimiento de la Ley de Vivienda Protegida, tal y como quedó redactada tras la aprobación de la Ley de Función Social de la Vivienda.

Los registros municipales establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de viviendas de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a las mismas bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia. Es decir, para que accedan a las mismas quienes las necesitan. No poner una vivienda protegida, construida con dinero público, a disposición de los registros municipales de demandantes supone una infracción muy grave de la Ley de VPO y conlleva sanciones económicas de entre 30.000 y 120.000 euros.

La Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda no fue impugnada por el Gobierno central en su totalidad, sino sólo algunos preceptos, como la potestad de sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías durante más de seis meses o la de expropiar temporalmente el uso de viviendas para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social. Los artículos que permiten vigilar y sancionar los incumplimientos de las obligaciones de la función social de las viviendas protegidas continúan plenamente vigentes. Este procedimiento sancionador es similar al abierto contra la Sareb por el incumplimiento de 911 viviendas protegidas en la comunidad.

 
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