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Los centros de menores atendieron el año pasado a 581 menores infractores con delitos graves

El 90% de los chicos que pasa por un programa de la Agencia del Menor no ha vuelto a reincidir. Según los datos del Instituto Nacional de Estadistica, Madrid presenta una de las tasas más bajas de menores infractores de entre las comunidades autónomas

El perfil del menor infractor, como se les identifica judicialmente, es el de un varón, de unos 17 años, de nacionalidad española, que está relacionado con un delito de robo con violencia o intimidación. Los menores infractores tienen un problema judicial, pero sobre todo un problema de integración social. Necesitan ayuda específica

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El año pasado los jueces de menores dictaron 2.758 medidas judiciales de libertad vigilada que afectaron a 2.640 menores en Madrid. 581 menores que cometieron delitos graves, como tráfico de drogas, robo con violencia, maltrato familiar o asesinato, fueron tratados en Centros de Menores de la región. 797 participaron en programas de inserción de la Comunidad. La edad penal del menor se sitúa entre los 14 y los 18 años. Pasada la mayoría de edad ingresan en la cárcel, aunque en muchas ocasiones, y si el juez lo considera conveniente para su reinserción, pueden cumplir los 18 años y más, hasta los 23, en un Centro de Menores.

En el 2004 la Comunidad de Madrid creó la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor, que depende de la Consejería de Presidencia y Justicia. Un organismo que se encarga de ejecutar las medidas judiciales a menores, poniendo a su alcance una serie de programas educativos y de inserción laboral. El gobierno regional cuenta además con 9 centros especializados en distintas áreas. Por ejemplo, el centro Teresa de Calcuta tiene un protocolo de intervención específica para menores con medidas de internamiento por delitos sexuales. Los centros El Madroño y Las Palmeras tratan a menores embarazadas o con hijos menores de los 3 años. En los últimos años se ha producido un importante descenso de la reincidencia de los menores infractores en Madrid. El 90% de los que han pasado por algún programa de ésta Agencia no han vuelto a delinquir. En concreto, en los casos de maltrato familiar tan solo un 1% vuelve a las andadas.

ARTURO CANALDA, DEFENSOR DE MENOR DE MADRID: "EL MENOR QUE COMETE UN CRIMEN ES UN NIÑO CON MULTITUD DE CIRCUNSTANCIAS DIFÍCILES"

Arturo Canalda explica que cuando un menor comete un crimen, lo que la sociedad tiene que ver es "un adolescente o un niño que por multitud de circunstancias ha ido por el mal camino". Afirma que en la mayoría de los casos es susceptible de la reinserción aunque reconoce que puede ser difícil verlo de esta manera. Opina que "si alguien merece una segunda oportunidad, por supuesto son los menores, aunque nunca hay que olvidar a las víctimas".

Canalda es partidario de reformar la Ley del Menor. Aunque asegura que se trata de una buena ley: en la Comunidad de Madrid se garantiza que el 90% de los niños que han sido objeto de medidas judiciales de esta ley no vuelven a delinquir. Pero explica que la ley tiene dos grandes problemas: por un lado el que tiene que ver con los menores de 14 años que empiezan a delinquir tan jóvenes. Asegura que "no queremos que se rebaje la responsabilidad penal. Lo que planteamos es una respuesta de carácter educativa pero obligatoria, que hoy en día no existe ya que son medidas que se denominan de protección del código civil. Es decir, se trata de medidas sujetas a las voluntariedad de los padres." Canalda se refiere a realizar trabajos para la comunidad, siempre adaptados a su nivel de edad.

Insiste en que es importante trabajar lo que le está llevando a ese menor ese tipo de comportamiento. Existe la necesidad de estudiar el entorno familiar para evitar que siga en esas circunstancias.

Por otro lado, el segundo gran problema que destaca Canalda es que probablemente en los casos más graves, por ejemplo el de Sandra Palo, el tiempo de permanencia en un centro de medidas judiciales de un chico que ha conseguido cometer un delito tan grave, parece que no es suficiente garantizar su total reinserción. Esto significa, en su opinión, que "no hay que alargar las penas sino que el periodo de libertad vigilada debe ser un periodo condicionado a la efectiva reinserción del chico". Es decir, que si los especialistas determinan que el niño no puede salir con libertad vigilada que no lo haga. Si se mantiene la misma duración de la pena, impedimos que un niño que no está en condiciones de salir porque no se ha reinsertado, salga a la calle prematuramente.

Explica que los menores suelen cometer delitos de hurtos, peleas y pequeñas lesiones y son la excepción, aquellos que cometen delitos más graves, como un asesinato o una violación. Insiste en que "hay que establecer medidas educativas de carácter obligatorio". Considera que lo que pasó en Puente de Vallecas, es una de estas excepciones, ya que dice, que en Madrid no suele pasar estas cosas.

 
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