El SAS tendrá que pagar 60.000 euros por no detectar un síndrome de down
Los médicos no realizaron las pruebas necesarias a la madre para detectar la enfermedad
El Servicio Andaluz de Salud deberá indemnizar con 60.000 euros a una pareja que tuvo un hijo con síndrome de down. El juzgado de lo contencioso número 5 entiende que el SAS privó a los padres del derecho a decidir la interrupción voluntaria del embarazo dado que nadie realizó a la madre las pruebas que podrían haberlo detectado.
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La sentencia explica que en ninguna de las cinco ecografías practicadas aparecen las medidas de la traslucencia nucal, "signo ecográfico importante para excluir o sospechar de un síndrome de down". A no detectar esas alteraciones , dice el juzgado, no se realizó el "cribado bioquímico" ni del primer ni del segundo trimestre. Y, por consiguiente, "no se realizaron técnicas invasivas".
Estas circunstancias hicieron, dice la sentencia, que la pareja no tuviera información y, por tanto, no gozaron del derecho a decidir la interrupción voluntaria del embarazo". Los padres, por todas estas circunstancias, serán indemnizados por daños y perjuicios.