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Los médicos de familia no pueden objetar en casos de aborto

Así lo asegura una sentencia que adelanta la Cadena SER. El juez prima el interés público de la atención sanitaria sobre la conciencia de estos médicos

La justicia rechaza que los médicos de familia puedan declararse objetores de conciencia en casos de aborto porque, como señala la Nueva Ley del Aborto, ellos no intervienen directamente en la Interrupción Voluntaria del Embarazo. El juez prima el interés público de la atención sanitaria sobre la conciencia de estos médicos, que -según añade- queda salvaguardada porque no participan directamente en el aborto.

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El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Málaga desestimó el pasado 5 de abril el recurso de un médico de familia de un centro de salud de Antequera que se declaró objetor y pidió quedar excluido por razones de conciencia de las tareas de información y derivación sanitaria a las mujeres que quisieran abortar.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, el juez sostiene, por un lado, que la libertad religiosa e ideológica del médico no se ve condicionada por la tarea que tiene encomendada de informar a las pacientes y derivarlas a las clínicas que practican la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

El médico no puede olvidar su condición de empleado público

Asimismo, el juez recuerda al médico que no puede olvidar su condición de empleado público. Por ello, falla que debe tener prevalencia el interés público de la atención sanitaria a las mujeres que desen información a la afectación periférica que pueda sufrir en su conciencia este médico de familia.

Esta sentencia, que puede ser recurrida, supone un revés para muchos médicos de familias que en toda España habían solicitado inscribirse en el registro de médicos objetores a la Ley del Aborto.

Así, estos facultativos, que se habían inscrito en el Registro de Médicos Objetores, tendrán que atender a las mujeres que quieran abortar, informarles del proceso y derivarlas a las clínicas que efectúan los abortos.

María Jesús Montero: "La persona que no interviene directamente en la interrupción no puede alegar objeción de conciencia"

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