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Sociedad

Condenan a nueve meses de cárcel a un policía nacional de Elda por apropiarse de efectos intervenidos

También se le impone la pena de inhabilitación para el ejercicio profesional por un año y seis meses de duración

Juzgados de Elda / J. Cruces

Juzgados de Elda

Elda

Un agente de Policía Nacional adscrito a Brigada de Extranjería en la Comisaría de Elda ha sido condenado por la Audiencia Provincial a nueve meses de prisión por un delito de malversación al apropiarse de varios efectos incautados en distintas operaciones policiales llevadas a cabo entre 2013 y 2017.

También se le impone la pena de inhabilitación para el ejercicio profesional por un año y seis meses de duración. La sentencia acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad, después del acuerdo de conformidad que alcanzó el procesado con la Fiscalía antes de la celebración del juicio, al asumir los cargos que se le imputaban.

Entre los objetos apropiados figurarían una papelina de cocaína intervenida, además de distintos documentos, llaves de garajes, mandos a distancia de viviendas, coches y tarjetas bancarias.

Esos efectos se localizaron en su taquilla, en su casa o en su despacho profesional, en el transcurso de una investigación desplegada por la Unidad de Asuntos Internos, según detalla el fallo. Ese conjunto de objetos habría alcanzado un valor de tasación de 1.405 euros, indica la resolución judicial. La sentencia considera al policía responsable de un delito de malversación de caudales públicos, además de otro leve de estafa, sobre el que aplica la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre la comisión de los hechos y el momento de su enjuiciamiento. De hecho, el fallo detalla que la causa estuvo paralizada tanto en 2020 como en 2021 por motivos no imputables al acusado.

El procesado asumió la responsabilidad de los delitos que se le imputaban y alcanzó un acuerdo de conformidad con la Fiscalía días antes de la celebración del juicio, que había quedado señalado a partir de ayer, lunes. De este modo, el magistrado designado para presidir el proceso aceptó ese acuerdo de reconocimiento de los hechos y dictó sentencia condenatoria ‘in voce’, sin que fuese necesaria la constitución del jurado.

En la sentencia notificada ahora se precisa el detalle de la condena: nueve meses de prisión por el delito de malversación, a los que se añaden la pena de multa de cuatro meses con cuota diaria de 6 euros. A ello se suma la pena de inhabilitación para el ejercicio profesional por un año y seis meses de duración.En lo que respecta al delito leve de estafa, se le impone otra pena de multa de 30 días con cuota diaria de seis euros. Por último, la sentencia acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad.

 
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