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Cuatro años y medio de cárcel por arrollar a un peatón en Elda y huir al no tener carnet

El suceso tuvo lugar en 2022 y la víctima perdió el conocimiento

Juzgados de Elda / J. Cruces

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Un hombre de 28 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a cuatro años y medio de prisión por arrollar con un vehículo, sin tener permiso de conducir, a un peatón en un paso de cebra en la ciudad de Elda y huir.

El tribunal de la Sección Décima que enjuició los hechos concluye, en la sentencia, que el acusado es responsable de un delito de conducción temeraria y otro de lesiones imprudentes, en concurso con un delito de conducción sin permiso, ya que carecía de todo título que le habilitase para circular con un vehículo.

De hecho, la resolución judicial señala que ya había sido condenado en 2021 por el mismo motivo -conducción sin permiso- a la pena de 24 días de trabajo en beneficio de la comunidad.

Pero, además de atribuirle esos delitos, el tribunal también considera al procesado responsable de otro de omisión del deber de socorro, ya que, después del arrollamiento, se dio a la fuga sin detenerse para asistir al perjudicado.

El suceso ocurrió sobre las 5 horas del 9 de abril de 2022, cuando el encausado se encontraba al volante de un vehículo marca Audi S3 comprado por él mismo, aunque su documentación figuraba a nombre de su madre.

El fallo señala que el procesado circulaba “a velocidad excesiva” infringiendo las normas de circulación hasta que vio al perjudicado, a quien no conocía previamente, caminando sobre la acera y cruzando por un paso de peatones.

En ese momento, el encausado, “obviando cualquier diligencia y cuidado”, se encaminó hacia el lado izquierdo de la calzada y “le arrolló, desplazándolo varios metros, al tiempo que rectificaba la trayectoria y seguía circulando a gran velocidad”, según la sentencia.

Entre tanto, la víctima quedó postrada en el suelo sin conocimiento, sin que el acusado se detuviese. Es más, continuó circulando dándose a la fuga. Después, el visionado de las cámaras de vigilancia de un establecimiento próximo permitió identificar el vehículo, lo que propició que la Policía Nacional procediese a la detención de su conductor.

El acusado reconoció la autoría de los hechos en su integridad durante su declaración en el juicio, el pasado 28 de enero. Así, el tribunal da por probada su responsabilidad, tras tener en cuenta el resto de elementos probatorios que señalaban la autoría del procesado, como el visionado de las cámaras de videovigilancia o el testimonio de uno de los agentes que relató las gestiones seguidas para identificar el vehículo y a su conductor.

Al margen de la pena de privación de libertad, la sentencia añade para el acusado la imposición de una multa de doce meses con cuota diaria de 6 euros al día, así como la privación del derecho a conducir por un tiempo de diez años. La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.

 
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