Sociedad

Condenado a 2 años de prisión por entrar en casa de su expareja en Castellón tras quebrantar una orden de alejamiento

El penado accedió a la casa de su exnovia con una porción de cocaína y amenazó a la víctima con pegarle

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Castellón / Radio Castellón (Radio Castellón)

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Castellón

Castellón

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a dos años de prisión por dos delitos de quebrantamiento de condena y otro de allanamiento de morada a un hombre que accedió a la casa de la que había sido su pareja sin su permiso pese a que pesaba sobre él una condena previa que le impedía acercarse a menos de 150 metros de la víctima y comunicarse con ella, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Los hechos sucedieron sobre las 19.30 horas del 10 de marzo de 2024 en una localidad de la comarca de la Plana Alta, cuando el hombre, que ya había sido condenado por un juzgado de Violencia sobre la Mujer por un delito de coacciones y otro de amenazas, vulneró la orden de alejamiento y entró en el domicilio de la víctima usando una llave que le debería haber devuelto.

"Cogió una porción de cocaína y le dijo a la víctima que le pegaría"

La sentencia detalla que, una vez en el interior de la casa, donde se encontraban su exnovia y sus dos hijos menores, el penado cogió una porción de cocaína y una báscula y se dirigió a la víctima para decirle que le pegaría y que le daba "coraje", antes de marcharse.

Poco después, a las 20.47 horas del mismo día, el hombre envió un mensaje telefónico a la mujer en el que le espetaba que era "mala". La sentencia añade que el condenado ha intentado hablar con la perjudicada por teléfono con posterioridad pese a que sabía que lo tenía prohibido judicialmente.

Al comenzar el juicio, tramitado mediante el procedimiento del Tribunal del Jurado, el Ministerio Fiscal presentó escrito de conclusiones de conformidad con el resto de partes, que se mostraron de acuerdo en la calificación jurídica de los hechos, su autoría y las pena a imponer.

La sentencia recoge que la existencia de esta conformidad hizo innecesaria la constitución del jurado popular y la celebración del juicio, motivo por el que la Audiencia dictó una sentencia 'in voce'. La sentencia ha sido declarada firme.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00