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València establece una única Zona de Bajas Emisiones, delimitada por la Ronda Norte, avenida de los Naranjos, calle Serrería y el Bulevar Sur

El Ayuntamiento ha decidido suspender un año las restricciones de bajas emisiones a los afectados por la dana

València establece una única Zona de Bajas Emisiones, que está delimitada por la Ronda Norte, avenida de los Naranjos, calle Serrería y el Bulevar Sur / Ana Escobar (EFE)

València establece una única Zona de Bajas Emisiones, que está delimitada por la Ronda Norte, avenida de los Naranjos, calle Serrería y el Bulevar Sur

Valencia

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València ha aprobado el borrador de la Ordenanza que regulará el tráfico de vehículos en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y ha anunciado que se aplicará una moratoria de un año en el inicio del régimen sancionador a los afectados por la dana, tal y como ha anunciado María José Catalá, alcaldesa de Valencia.

María José Catalá anuncia moratoria a afectados DANA de ZBE

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Desde la presentación del primer texto se han producido dos hechos que han obligado a reformular el calendario de implantación escalonada de las restricciones, ha informado el Consistorio.

En primer lugar el impacto de la dana que ha supuesto la pérdida de miles de vehículos privados y, en segundo lugar, la publicación por parte del Estado el pasado 24 de diciembre de 2024 de una serie de ayudas económicas en materia de transporte público que imponen, a las entidades locales solicitantes, la entrada en funcionamiento de sus zonas de bajas emisiones durante 2025.

Por tanto, desde la entrada en vigor de la norma hasta el 30 de noviembre de 2025 se pondrá en marcha una fase informativa donde se dará preaviso a los vehículos afectados por las restricciones y el 1 de diciembre de 2025 se iniciará la fase sancionadora que afectará a los vehículos más contaminantes registrados fuera de la provincia de València, que se mantendrá durante el año 2026.

El 1 de enero de 2027 se ampliará la fase sancionadora a los registrados en la provincia de València excluyendo a aquellos matriculados en la ciudad de València y, finalmente el 1 de enero de 2028 se hará extensible a cualquier vehículo que entre en el municipio.

Además de lo anterior se aplicará una moratoria en el inicio del régimen sancionador, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, a los vehículos más contaminantes registrados en los municipios afectados por la dana.

Una única zona

El borrador de la Ordenanza define, finalmente, una única Zona de Bajas Emisiones, que abarca una superficie de 27,8 km2 y está delimitada por la Ronda Norte, avenida de los Naranjos, calle Serrería y el Bulevar Sur.

El área de Ciutat Vella Nord que, inicialmente se planteaba como una ZBE con particularidades propias, continuará regulada como un Área de Prioridad Residencial (APR Ciutat Vella Nord) con las mismas restricciones que en la actualidad como APR a las que se le añaden las nuevas restricciones de València ZBE que aplican también al resto de la ciudad.

Aunque actualmente la calidad del aire de la ciudad cumple con los límites legalmente establecidos en el Real Decreto 102/2011, con la implantación de la zona de bajas emisiones se busca mejorar la situación de partida, han informado las mismas fuentes.

En concreto se plantea como objetivo reducir significativamente los niveles de contaminación atmosférica correspondientes al dióxido de nitrógeno (NO 2 ), partículas en suspensión menores de 10 micras (PM10) y partículas en suspensión menores de 2.5 micras (PM2.5).

La evaluación de este objetivo se llevará a cabo con el monitoreo constante de la calidad del aire.

Como ya se explicó, la ZBE se implantará de forma progresiva y afectará a turismos, motocicletas y ciclomotores con la etiqueta A, según el catálogo de distintivos medioambientales de la DGT, salvo algunas excepciones.

Quedarán excluidos de las restricciones los vehículos asociados a actividades económicas (Pymes, autónomos...), con el fin de proteger los intereses económicos y sociales de la ciudad.

Tampoco tendrán obligación los vehículos usados por titulares de tarjeta de estacionamiento PMR (para personas con movilidad reducida), los de familias numerosas o con menores de tres años, aquellos en los que viajan embarazadas o personas con movilidad reducida temporalmente o los vehículos de emergencias, servicios esenciales y los considerados históricos, aunque estos últimos tendrán la limitación de 96 accesos anuales.

Asimismo, para aquellos vehículos considerados como más contaminantes y que no cumplan los criterios para ser excepcionados, la ordenanza contempla un derecho de 48 accesos anuales a la Zona de Bajas Emisiones.

 
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