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Absuelto de abusar sexualmente de una mujer con la que compartió travesía desde Alicante a Tabarca

La Audiencia de Alicante considera que no existen pruebas suficientes para acreditar la relación sexual no consentida

Alicante

La Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre de 43 años acusado de haber abusado sexualmente de una mujer con la que compartió una travesía en barco desde Alicante hasta Tabarca.

El viaje lo realizaron junto a un grupo de conocidos, entre el 21 y el 22 de septiembre de 2018.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Tercera, considera que no existen pruebas suficientes para acreditar la relación sexual no consentida, como sostenía la denunciante, ya que ni en la instrucción ni en el desarrollo del juicio se aportaron evidencias suficientes para corroborar su versión.

Sobre todo, según añade, porque ella misma apuntó que “no recordaba si prestó su consentimiento” y solo indicó su “creencia” de que no había tenido contacto sexual porque nunca habría accedido a mantener una relación sin preservativo y no sentía ninguna atracción respecto al acusado.

Tampoco puede considerarse probada la hipótesis de que quedase sometida a una situación de “sumisión química”, al no haberse probado en los análisis a su regreso, la presencia de opiáceos por el vertido de alguna droga en su bebida, como la denunciante señaló. Por el contrario, ese análisis sí detecta la presencia de 1,17 gramos de alcohol por litro, sin que pueda determinarse el momento de su ingesta. La misma sentencia constata que el acusado, la denunciante y los testigos que prestaron declaración en la vista relataron que todos bebieron cerveza y vino durante la travesía.

Añade que el procesado admitió en todo momento la relación sexual sin preservativo y que fue consentida, sin negar el contacto. Esa versión contrastaría con la manifestada por la denunciante, sobre la que la Audiencia de Alicante reseña que “siempre ha dicho que tenía recuerdos vagos e imprecisos” sobre lo sucedido.

Por todo ello, la sentencia acuerda la libre absolución del procesado respecto a los delitos de abuso sexual y lesiones psíquicas que se le atribuían.

 
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