Sociedad

La Audiencia de Castellón confirma 4 años de prisión para una pareja por agredirse mutuamente

La mujer le clavó un cuchillo en la frente y el hombre le tiró a ella un cubo de plástico durante una discusión

La Audiencia Provincial de Castellón acoge un juicio este lunes en el que juzgan a un hombre acusado de agredir sexualmente a sus dos hijas / Javier Quesada

La Audiencia Provincial de Castellón acoge un juicio este lunes en el que juzgan a un hombre acusado de agredir sexualmente a sus dos hijas

Castellón de la Plana

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado una condena de 4 años de prisión para un hombre por agredir con un cubo a su pareja y a ella por clavarle a él un cuchillo en la cabeza.

La Sala desestima así los recursos de apelación interpuestos contra una Sentencia del 5 de junio de 2023, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Castellón, que condena a ambos como autores de un delito de lesiones, y establece la agravante de reincidencia para el hombre y la agravante de parentesco para la mujer.

La sentencia recurrida declaró probado que el día 13 de mayo de 2023, sobre las 14.45 horas, los acusados se encontraban en el domicilio que compartían en Castellón e iniciaron una discusión en el transcurso de la cual la mujer, con ánimo de menoscabar la integridad física del hombre, se abalanzó contra él con un cuchillo y se lo clavó en la frente y le tiró al suelo, donde siguió arremetiendo contra él con el cuchillo, produciéndole cortes en los antebrazos.

Como consecuencia de estos hechos, el acusado sufrió lesiones que requirieron, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento quirúrgico posterior consistente en la sutura de una herida inciso contusa en la región frontal.

Por su parte el acusado, durante el transcurso de la discusión, le dijo a la mujer "gorda, no sirves para nada" y, con ánimo de menoscabar su integridad física, cogió un cubo de plástico y le golpeó fuertemente en la cabeza.

Como consecuencia de estos hechos la acusada sufrió lesiones que, además de una primera asistencia facultativa, precisó tratamiento quirúrgico posterior consistente en la colocación de 8 grapas.

La Sala indica que el motivo de recurso ha de ser desestimado pues la valoración de la prueba llevada a cabo por la juez a quo es conforme a derecho, descartando la pretendida circunstancia de legítima defensa alegada por el acusado en atención a lo expuesto y dada la forma de producirse los hechos y lesiones ocasionadas a la acusada.

De igual forma la agresión realizada por la acusada al acusado con un cuchillo, "hecho de extrema gravedad", descarta situación alguna para apreciar una circunstancia de legítima defensa.

 
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