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Tres años y medio de prisión para un empresario de la construcción de Castellón por defraudar a la Seguridad Social

El hombre, además, tendrá que pagar una multa de más de un millón y medio de euros

LUGONES (ASTURIAS), 02/08/2023.- Material de trabajo en una obra de Lugones, Asturias, este miércoles. La Seguridad Social sumó 21.945 ocupados de media en julio, hasta un nuevo récord de 20.891.885 afiliados, mientras que el paro se redujo en 10.968 personas hasta 2.677.874, mínimo desde 2008. EFE/ Eloy Alonso / Eloy Alonso (EFE)

LUGONES (ASTURIAS), 02/08/2023.- Material de trabajo en una obra de Lugones, Asturias, este miércoles. La Seguridad Social sumó 21.945 ocupados de media en julio, hasta un nuevo récord de 20.891.885 afiliados, mientras que el paro se redujo en 10.968 personas hasta 2.677.874, mínimo desde 2008. EFE/ Eloy Alonso

Castellón

La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a tres años y medio de prisión por un delito de fraude a la Seguridad Social a un empresario inmobiliario y de la construcción que eludió el pago de cuotas por un valor superior a medio millón de euros.

La Sala le ha impuesto también una pena de multa de más de un millón y medio de euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de cinco años. El empresario deberá indemnizar a la Seguridad Social con más de 524.000 euros.

Los hechos comenzaron en enero de 2016, cuando el condenado constituyó una empresa dedicada a la compraventa, los arrendamientos, la rehabilitación y la restauración de inmuebles, en la que realizaba funciones de administración y dirección.

Un año después, en enero de 2017, el empresario puso en marcha otra firma dedicada a la construcción de edificios residenciales de la que era administrador único.

La sentencia mantiene que el empresario dejó de abonar las cuotas patronales y la cuota obrera retenida a los trabajadores, por lo que acumuló una deuda con la Seguridad Social que superó el medio millón de euros entre las dos empresas, durante los ejercicios de 2016 a 2019.

Según considera probado el Tribunal, actuó con ánimo defraudatorio en la administración y gestión de las dos mercantiles que tenían una actividad económica similar, con confusión patrimonial y de plantilla entre ambas.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

 
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