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El Gobierno publica las bases para conceder ayudas de 450 M€ a la industria gasintensiva

Esta línea de ayudas permitirá recibir una compensación de hasta 4 millones de euros por empresa, pudiendo recibir hasta 25 millones de euros.

Madrid

El Gobierno publica las bases para conceder ayudas de 450 M€ a la industria gasintensiva. Esta línea de ayudas permitirá recibir una compensación de hasta 4 millones de euros por empresa, pudiendo recibir hasta 25 millones de euros.

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy las bases reguladoras para conceder ayudas por importe de 450 millones de euros para la compensación de los costes adicionales debidos al aumento excepcional de los precios del gas natural durante el año 2022 y del que pueden beneficiarse la industria azulejera de la provincia de Castellón.

Estas ayudas se basan en el Marco Temporal de Crisis y Transición de la Comisión Europea y se concederán únicamente durante el año 2023 para compensar los costes extraordinarios en que incurrieron las industrias más intensivas en consumo de gas natural durante 2022.

Para el ministro de Industria, Comercio y Turismo, Héctor Gómez, estas ayudas responden a la inquietud de las empresas para mantener su actividad productiva y permitirán mantener esos sectores que son tan importantes como la cerámica, el papel o el vidrio"

Esta línea de ayudas permitirá a estas industrias recibir una compensación de hasta 4 millones de euros por empresa para equilibrar el aumento del precio del gas natural, pudiendo recibir hasta 25 millones de euros por empresa si acreditan una reducción de su beneficio bruto de explotación (EBITDA) de más de un 30% en 2022 con respecto al año anterior.

Estas ayudas forman parte de las medidas impulsadas desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo destinadas a mejorar la competitividad de la industria intensiva en energía.

Reacción ASCER

El secretario general de ASCER, Alberto Echavarría, lamenta el retraso del Gobierno. Recuerda que son unas ayudas insuficientes que llegan muy tarde y que algunas empresas pueden tener que devolver el importe pasados 6 meses.

Desde ASCER recuerdan que otros países se han dado ayudas en mayor cantidad y con mecanismos sencillos y sin los requisitos establecidos por el Gobierno de España.  Además recuerdan que siguen teniendo el problema del cumplimiento del requisito de los plazos de pagos de la Ley de Morosidad (máximo 60 días) a pesar de haberse aprobado una excepción ya que este requisito sigue siendo exigible o en el momento de la solicitud o seis meses tras cobrarlas.

Sectores beneficiados

Los sectores beneficiarios incluyen la alimentación, pasta y papel, química básica, los sectores del vidrio, azulejos, fritas y esmaltes y otros productos cerámicos, cal y yeso, así como varios sectores de las metálicas básicas. Además de estas ayudas de 450 millones de euros, el Gobierno también aprobó una línea, dotada con 500 millones de euros, que ya está a disposición de las empresas gasintensivas para mitigar sus problemas de liquidez.

La orden de bases se puede consultar en el siguiente link:

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/10/pdfs/BOE-A-2023-16013.pdf

Otras ayudas a la industria electrointensiva

El pasado sábado el BOE publicaba la convocatoria del mecanismo de compensación de cargos imputables por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares, con un presupuesto de 85,97 millones de euros, dirigido las empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación y que se encuentren en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.

El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será de veinte días hábiles, comprendidos entre el 18 de julio al 14 de agosto de 2023, ambos inclusive.

La principal novedad introducida en la presente convocatoria se caracteriza por realizar, en línea con las nuevas Directrices europeas, una distinción entre las actividades «en riesgo significativo», que podrán contar con una intensidad de la ayuda del 85 por ciento de los costes subvencionables, y las actividades «en riesgo», que podrán contar con una intensidad de la ayuda del 75% de los costes subvencionables.

No obstante, las nuevas directrices comunitarias permiten a los beneficiarios que realizan actividades en sectores “en riesgo” obtener una ayuda también del 85% de los costes subvencionables si cumplen determinadas obligaciones.

Se añade, además, la posibilidad de conceder una ayuda adicional por encima del 85% a aquellas instalaciones especialmente electrointensivas.

La convocatoria se puede consultar en el siguiente link:

https://www.boe.es/boe/dias/2023/07/08/pdfs/BOE-B-2023-21047.pdf

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