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El TSJCV falla a favor del alta en el padrón de una vecina de Villamalur que fue privada del derecho por parte del alcalde

La negativa le impidió votar en las elecciones municipales de 2019

Villamalur / Google Maps

Villamalur

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana falla a favor del alta en el padrón de una vecina de Villamalur que fue privada del derecho por parte del alcalde lo que le impidió votar en las elecciones municipales de 2019

Como les avanzó Radio Castellón, una plataforma vecinal vinculada al PSOE y formada por 46 personas con raíces en Villamalur, inició en enero de 2019 el proceso de empadronamiento, con el fin de repoblar el municipio y poder votar en las elecciones municipales de ese mismo año. Las 46 personas se empadronaron en enero con el plazo suficiente para participar en los comicios y votar, pero el consistorio les dio de alta en el padrón el 9 de febrero, ya sin margen para poder ejercer el derecho al voto.

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Según la normativa para poder votar en las elecciones municipales, los votantes deben estar empadronados cuatro meses antes de los comicios. A raíz de esta decisión del alcalde, la plataforma vecinal llevó el caso a los juzgados, y el juez abrió una investigación contra Juan Bautista Gimeno por presuntos delitos electorales y prevaricación.

Fallo del TSJCV

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo contencioso administrativo, Sección 4, ha emitido el primer Fallo a favor del alta en el padrón solicitada por una de las vecinas del municipio que fueron privadas de su derecho por el Alcalde, Juan Bautista Gimeno Guillen, y con el beneplácito de la secretaria municipal y la Diputación provincial que asumió la defensa de este.

Según la Plantaforma Adelante Villamalur este fallo implica que la interpretación contraria a las sentencias emitidas hasta el momento por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en contra de los derechos de los vecinos no ha sido la adecuada y permite considerar que las próximas sentencias ratificarán el derecho que tenían los vecinos de Villamalur que fueron privados de su empadronamiento a votar en las pasadas elecciones municipales.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

 
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