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Móstoles aprueba las restricciones para su Zona de bajas Emisiones

Quedará delimitada por las calles del Cristo, Juan XXIII, Reyes Católicos, Independencia, Ricardo Medem y Andrés Torrejón

Área 20 y Área 30 de Móstoles / Ayuntamiento de Móstoles

Móstoles

El Ayuntamiento de Móstoles ha dado luz verde de forma definitiva a la modificación parcial de la Ordenanza reguladora del tráfico para adaptarse a la Estrategia de Movilidad 2030, que incluye la implantación de una nueva Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con restricciones al tráfico.

Hace unos meses, el concejal de Emergencias, Movilidad y Medioambiente, Gabriel Monteserín (PP) ya avanzó que estaban trabajando en la delimitación de esta futura Zona de Bajas Emisiones (ZBE), ya que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana obliga a los municipio de más de 50.000 habitantes a ello.

Desde el Consistorio han estado trabajando los últimos meses sobre la base de la actual 'Área 20', una área que incluía ya restricciones a ciertos vehículos desde el año 2013 en la almendra central de la ciudad y que se iba a redefinir para adaptarse a la nueva normativa.

La nueva ordenanza reguladora del tráfico, a la que ha tenido acceso Efe, establece que la nueva Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de quedará delimitada por el anillo interior que forman las siguientes vías: calle del Cristo, calle Juan XXIII, calle Reyes Católicos, calle Independencia, calle Ricardo Medem y calle Andrés Torrejón.

"No obstante, el Ayuntamiento de Móstoles, en virtud de sus atribuciones, podrá ampliar las ZBE a otras que cumplan los criterios que la naturaleza de las normas impulsa", añade la ordenanza, que permite "la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro de la ZBE".

De esta manera, con carácter general, solo podrán acceder y circular por las calles del interior del perímetro de la ZBE y estacionar en superficie en las mismas en los términos establecidos en esta Ordenanza, los vehículos con categoría 0 EMISIONES, ECO, B y C de clasificación ambiental.

También podrán acceder a esta Zona de Bajas Emisiones las bicicletas, otros ciclos y los vehículos de movilidad urbana (VMU); los vehículos destinados al traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida; y los vehículos de los servicios públicos esenciales.

Además, también podrán acceder los vehículos de los que dispongan las personas empadronadas en el 'Área 20' en régimen de propiedad, usufructo, "renting", "leasing", retribución en especie o como vehículo de sustitución y de otras personas invitadas por éstas.

Por otro lado, además de los vehículos citados anteriormente, se permitirá también el acceso a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) a otra serie de vehículos, en función de la actividad a prestar en su interior y su distintivo ambiental.

Los restantes vehículos, siempre que dispongan de distintivo ambiental, podrán acceder al 'Área 20' únicamente para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, o reserva de estacionamiento en el interior del área.

En definitiva, con carácter general, no se permitirá el acceso de vehículos al interior de la Zona de Bajas Emisiones de Móstoles o 'Área 20', ni siquiera para atravesarla de un extremo a otro, a ningún vehículo salvo en los casos que se exceptúan en la Ordenanza.

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