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"Una cacicada ilegal protagonizada por Almeida": Más Madrid pide la dimisión del presidente del pleno del Ayuntamiento de Madrid tras confirmarse la nulidad del Grupo Mixto

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación de los exediles de la formación, Luis Cueto y José Manuel Calvo

MADRID, 22/12/2023.- El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida interviene durante el pleno en el Ayuntamiento de Madrid. EFE/ Mariscal / Mariscal (EFE)

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Madrid

La portavoz del grupo municipal Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha solicitado hoy la dimisión "inmediata" del "lugarteniente de Almeida", Borja Fanjul, presidente del Pleno y responsable directo "de esta cacicada ilegal". Lo hace después de que la Sección primera del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo haya inadmitido el recurso de casación que presentaron los por entonces concejales del Grupo Mixto del Ayuntamiento de Madrid Luis Cueto y José Manuel Calvo, escindidos de Más Madrid, contra un fallo judicial previo que ratificaba la nulidad de su formación.

En los fallos se hablaba de un supuesto de transfuguismo. Más Madrid asegura que "ya que la justicia no puede reparar el daño político causado, al menos la responsabilidad política no puede quedar impune" y, por ello, Maestre ha anunciado que llevarán una proposición al Pleno de abril para que el Partido Popular dé explicaciones.

"Almeida tergiversó la voluntad de las urnas, utilizó el dinero de todos los madrileños y violó la ley para comprar a unos concejales y asegurarse los apoyos que no tenía en el Pleno", afirma Maestre, que reconoce que se trata de "una buena noticia" que la justicia dé la razón a Más Madrid a la vez que se pregunta "quién repara ahora el daño", y recuerda que su formación "se presentó en peores condiciones en las últimas elecciones municipales y con menos recursos y capacidad política de la que le hubiera correspondido si el Grupo Mixto ilegal se hubiera disuelto entonces", explica.

El Grupo Mixto se creó en abril de 2021 después de que cuatro exediles del partido de Manuela Carmena -Marta Higueras, Felipe Llamas y los ya nombrados, Luis Cueto y José Manuel Calvo-, rompieran con el grupo político e iniciasen una batalla de recursos cruzados. En Mayo de 2022, un Juzgado de lo Contencioso condenó al Ayuntamiento a disolver la agrupación y a que sus miembros pasaran a ser ediles no adscritos. Gracias a su creación, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, consiguió sacar adelante los Presupuestos de 2022 y la Ordenanza de Terrazas, Quioscos de Hostelería y Restauración del mismo año.

El caso ante la justicia

En febrero de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya certificó la disolución del Grupo Mixto del Ayuntamiento de la capital al desestimar los recursos de apelación presentados por el Consistorio, Vox y el propio Grupo Mixto contra la sentencia de un juzgado que condenó al Ayuntamiento a eliminar dicho grupo, pasando sus miembros a ser ediles no adscritos.

Los por entonces concejales del Grupo Mixto Luis Cueto y José Manuel Calvo anunciaron un recurso de casación ante aquel fallo judicial, que es el que hoy queda confirmado con la sentencia de la Sección primera del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

En la resolución, con fecha del 3 de abril de 2024 y que ha sido remitida a la prensa por Más Madrid, la jueza aduce que los argumentos de Cueto y Calvo, que se acogían a los artículos 88.2.c y 88.3.a de la Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa (LJCA), no justifican el recurso ni acreditan el mismo, sino que se remiten a su demanda.

En el caso del artículo 88.2.d de la misma norma, otro de los textos a los que se remitían los exediles del Grupo Mixto, la magistrada afirma que la improcedencia de plantear la cuestión de inconstitucionalidad en la sentencia del TSJM de febrero como hacían Cueto y Calvo, se basa en argumentos “endebles”.

Rechaza también las cuestiones relativas a la “falta de legitimación activa y el desistimiento de parte de lo suplicado en el recurso” que los exconcejales engarzaban a los supuestos de los artículos 88.2 y 3 de la LJCA, por lo que “no procede su análisis”.

Previamente a la de 2022, hubo una sentencia que estimó un recurso interpuesto por Más Madrid, fue dictada el 5 de mayo de 2022 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid, cuyo criterio fue avalado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM en un fallo fechado el pasado 16 de febrero.

La actual resolución del Supremo -contra la que no cabe recurso- confirma la disolución del grupo e impone el pago de costas a Cueto y Calvo por 2.000 euros, incluido el IVA si procede: 1.500 euros para Más Madrid, que se personó y se opuso al recurso, y otros 500 para el Ayuntamiento de Madrid, que se personó sin oponerse.

 
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