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Condenado a pagar 1.410 euros por zarandear violentamente a un menor de Fuenlabrada tras un partido de fútbol

Los hechos ocurrieron después de un partido de cadetes entre el CD Lugo Fuenlabrada y el Villa del Prado. El menor agredido tenía 14 años y el condenado, 47

Polideportivo de Villa del Prado donde se produjeron los hechos / Ayto. Villa del Prado

Fuenlabrada

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Navalcarnero ha condenado a un hombre por zarandear y empujar violentamente a un menor de edad tras un partido de fútbol de categoría cadete entre el CD Lugo Fuenlabrada y el CD Villa del Prado. Según la sentencia, fechada el pasado 10 de noviembre y a la que ha tenido acceso Cadena SER Madrid Sur, el condenado tendrá que pagar más de 1.400 euros: 360 euros de multa y 1.050 euros de indemnización a la madre del menor, además de hacer frente a las costas judiciales.

Los hechos ocurrieron el 6 de noviembre de 2022 en el polideportivo de Villa del Prado. La sentencia considera probado que el denunciado, de 47 años en ese momento y vinculado al equipo local, tras finalizar un partido de fútbol “agarró fuerte y violentamente del brazo al menor”, de 14 años en el momento de los hechos y jugador del Lugo Fuenlabrada, “con intención de menoscabar de manera leve su integridad física, al tiempo que le zarandeaba y empujaba, provocando sufriese lesiones” de carácter leve. Fue incluso necesaria la presencia de agente de la Guardia Civil.

La magistrada da validez a las pruebas presentadas, tanto las declaraciones de la madre del menor como de dos testigos, que señalan la “elevada agresividad del denunciado y abuso de superioridad tanto por la diferencia de edad como de envergadura”, además de tener en cuenta el parte de lesiones realizado apenas dos horas después de la agresión. Por su parte, considera que la declaración del denunciado y de sus dos testigos “es absolutamente vaga y no coincidente”

Por estos hechos considera necesario imponer una pena de 60 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, además de una indemnización a la representante legal del menor denunciante en la cantidad de 50 euros por cada día de sanidad no impeditivo (el informe forense fija en 21 días de duración para las secuelas de las lesiones leves).

Contra dicha sentencia cabe recurso.

 
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