El Supremo devuelve a un juzgado de Parla la investigación al exjefe Antidroga en Andalucía
Los tribunales parleños considereaban que debía ser investigado por otro juzgado, pero ahora el TS devuelve el caso al sur de Madrid porque fue allí donde, presuntamente, se habría cometido el delito
Madrid
El Tribunal Supremo ha determinado que debe ser un juzgado de la localidad madrileña de Parla y no la Audiencia Nacional quien investigue por delitos de revelación de secretos y cohecho al teniente coronel de la Guardia Civil David Oliva, que dirigió la lucha contra el narcotráfico en Andalucía.
El teniente coronel estuvo imputado en la Audiencia Nacional con otros dos tenientes del instituto armado -uno de ellos de Asuntos Internos en el momento de los hechos- por presunta revelación de secretos en el marco de una pieza separada derivada de otra causa diferente por narcotráfico.
Sin embargo, el pasado 4 de mayo, el juez archivó dicha causa de tráfico de drogas y decidió enviar la relativa a Oliva y los tenientes al juzgado de instrucción decano de Parla, partido judicial de Pinto, que es donde está la sede el Servicio de Asuntos Internos de la Guardia Civil y donde el magistrado consideró que se perpetró, presuntamente, el delito de revelación de secretos.
El juzgado de Parla, no obstante, rechazó la inhibición y la Audiencia Nacional solicitó al Supremo que determinase quién se quedaba la investigación.
Ahora, en un auto, al que ha tenido acceso EFE este lunes, el alto tribunal acoge el criterio de la Audiencia Nacional y de la Fiscalía y envía la causa al juzgado madrileño al considerar que, de haberse producido, los delitos se habrían consumado en la sede de Asuntos Internos.
El Supremo hace un repaso de la investigación realizada hasta el momento en relación al teniente coronel Oliva, que estuvo al frente del Órgano de Concentración contra el Narcotráfico (OCON-SUR), una unidad de élite en la lucha contra el tráfico de drogas en el Estrecho, cuyas actividades no guardan relación con la causa.
Según relata, el teniente destinado entonces en Asuntos Internos "presuntamente sustrajo a instancias" de Oliva información secreta de una causa, que se refería a "una presunta vinculación" de este último "con actividades criminales" y que "también afectaba" al otro teniente investigado. Entre la información que se guardó, había una subcarpeta denominada "Varea".
Lo hizo, indica el Supremo según lo investigado, "bajo promesa aceptada de obtener una comisión de servicio" en dicha unidad de élite.
En base a este relato, el tribunal considera que el delito de revelación de secretos se habría consumado, presuntamente, en Pinto, en la sede de Asuntos Internos, con independencia de que el lápiz de memoria donde almacenó la información se entregara en la localidad gaditana de Castellar de la Frontera, donde se encontraba la sede del OCON-SUR.
Y añade que, en todo caso, el cohecho -que es el delito que comporta más pena- se habría producido también en la localidad madrileña, pues ahí fue donde presuntamente el teniente de Asuntos Internos aceptó "el ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo".