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El juez de la trama 'Púnica' no propuso juzgar las mordidas en Valdemoro o Torrejón de Velasco en una pieza menor por la "falta de indicios"

La Fiscalía cuestionó previamente a Manuel García Castellón por la ausencia de esos indicios de pagos irregulares en su auto

Francisco Granados en 2010 / Juan M. Espinosa (EFE)

Francisco Granados en 2010

Valdemoro

El juez de la Audiencia Nacional encargado de la instrucción del 'caso Púnica' ha respondido a la Fiscalía que si no propuso juzgar por el pago de comisiones o mordidas en la pieza relativa a los contratos menores de los ayuntamientos de Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle fue por la "falta de indicios". En un auto del pasado 25 de mayo, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, desestima el recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de procedimiento abreviado mediante el cual el magistrado dejó a un paso del banquillo a 21 investigados, entre ellos el ex dirigente 'popular' Francisco Granados.

La Fiscalía, en concreto, afeó al juez que su auto no explicaba "el giro sorpresivo y ayuno de toda explicación" que le llevó a no apreciar indicios sobre el pago de comisiones por parte de los beneficiarios de una de las adjudicaciones investigadas. Pero el juez, en esta nueva resolución indica que desconoce por qué el Ministerio Público habla de cambios sorpresivos cuando la impugnada es la única valoración concreta que ha realizado de los hechos. Advierte que su valoración llega además una vez practicadas las diligencias.

No obstante, apunta que más allá de esas opiniones de Fiscalía, "que carecen de la más mínima relevancia", lo cierto es que "la decisión de no incluir la existencia de pagos de dádivas obedece al hecho incuestionable de la falta de indicios al respecto". Además, el magistrado señala que esa falta de indicios "es patente" incluso en el escrito de la Fiscalía que impugnaba su decisión: "Se alude a autos anteriores sin concretar de qué dádivas se está hablando".

La UTE Valdemoro Movilidad

García Castellón indica en su auto que respecto del contrato de gestión del servicio público de estacionamiento regulado adjudicado a la UTE Valdemoro Movilidad se desconoce el sustento probatorio que permita afirmar que hubo un pago a un cargo público. Indica que hay "inconcreción", y que queda patente cuando se habla de una cantidad aproximada de 300.000 euros para luego señalar sólo dos pagos por parte de Valdescar Parking a esa UTE por importes de 39.930 euros y 86.418 euros. "Suma que no llega de lejos al importe de 300.000 euros", añade.

"En definitiva, la inconcreción de las afirmaciones en las que la acusación sustenta su recurso de reforma mal cohonesta con el esfuerzo valorativo del instructor. La decisión de no incluir la existencia de sobornos en este concreto expediente de contratación obedece a la conclusión alcanzada respecto de la ausencia de indicios", concluye. Cabe recordar que la Fiscalía señalaba en su recurso, además, que no estaba de acuerdo con que estuvieran prescritos los hechos relativos a la licitación del contrato para la construcción de una residencia de mayores. Pedía también una nueva pericial sobre el valor del metro cuadrado de la parcela en la que se aprobó una concesión para un conjunto dotacional deportivo y comercial, e interesaba que constaran como investigadas otras tres personas.

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