Nava de Roa actualiza las normas del cementerio y del vertido de aguas
El Ayuntamiento publica sendas ordenanzas tras su aprobación definitiva

Travesía urbana de la N-122 en Nava de Roa / Imagen facilitada

Nava de Roa
Roa actualiza las normas del cementerio y del vertido de aguas residuales, El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la aprobación definitiva de sendas ordenanzas municipales que regulan estos servicios.
En el primer caso, la normativa marca los precios de las sepulturas prefabricadas de dos cuerpos en 2.000 euros y de 600 para los columbarios, en ambos casos por un período de concesión de 75 años. Si por razones imputables al titular, se rescindiera la concesión antes de la finalización de los plazos, el titular no tendrá derecho a la devolución, ni total ni parcial, de las cantidades abonadas.
Por lo que se refiere a la ordenanza de alcantarillado y vertido de aguas, aunque no especifica multas concretas indica que las infracciones serán sancionadas económicamente hasta el máximo autorizado en la legislación vigente. Dentro de esta limitación la cuantía de la multa será fijada discrecionalmente atendiendo a la gravedad de la infracción, al perjuicio ocasionado a los interesados generales, a su reiteración por parte del infractor, al grado de culpabilidad del responsable y de las demás circunstancias en que pudiera incurrir.
Serán responsables las personas que realicen los actos o incumplan los deberes que constituyan la infracción y, en el caso de establecimientos industriales o comerciales, las empresas titulares de dichos establecimientos, sean personas físicas o jurídicas. Ante la gravedad de una infracción o en el caso de contumacia manifiesta, la administración municipal cursará la correspondiente denuncia a los organismos competentes a los efectos correctores que procedan. Si un vertido industrial contaminante origina graves repercusiones en el cauce receptor, ya sea realizado o no a través de la E.D.A.R., la administración municipal lo comunicará a la Confederación Hidrográfica del Duero, que podrá ejercer la potestad sancionadora que le atribuye la Ley de Aguas.