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La Audiencia Nacional avala la demanda de Ecologistas en Acción por las obras de Adif en Palencia

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional reconoce su legitimidad para recurrir las obras, contra esta resolución no cabe recurso, por lo que se debe continuar la tramitación del procedimiento

Obras de Adif

Obras de Adif

Palencia

La Abogacía del Estado, asumiendo la defensa de ADIF-AV, en la fase de contestación a la demanda presentada por Ecologistas en Acción, presentó alegaciones previas sobre: 1) la falta de legitimación activa de la entidad recurrente, al considerar que no tiene un interés legítimo en impugnar en vía contencioso-administrativo la supuesta vía de hecho de ADIF-AV en la ejecución de las obras de la LAV. 2) que concurre la causa de inadmisibilidad considerando que no existe la vía de hecho alegada de contrario, teniendo en cuenta las actuaciones realizadas por ADIF. 3) por haber sido presentada ocho meses después del inicio de la vía de hecho.

La asociación ecologista presentó un escrito de contestación a dichas alegaciones defendiendo que no existe falta de legitimación activa, pues a lo largo de su demanda se hace expresa alusión a la evaluación de impacto ambiental, y a cómo la actuación en vía de hecho de ADIF contraviene las indicaciones de la misma en cuanto a las medidas preventivas y correctoras de los efectos adversos sobre el medio ambiente, añadiendo que dicha organización forma parte de la Comisión Territorial de Urbanismo y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Palencia. Sobre la inexistencia de vía de hecho, se alega que en modo alguno puede, en esta fase del procedimiento, descartarse la existencia de la vía de hecho, cuando se plantea la desviación de la obra ejecutada respecto de los Estudios Informativos, la omisión de la preceptiva consulta y trámite de información a las Administraciones afectadas, siendo éstas cuestiones las que deben dilucidarse en el procedimiento, sin que sea posible la inadmisión del recurso en el momento procesal actual.

El magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 4 dispone que no se puede suscitar ninguna duda sobre la afectación al medio ambiente de las obras objeto del procedimiento, que por ello están sujetas a evaluación de impacto ambiental, estando legitimada Ecologistas en Acción para ejercer las acciones oportunas en defensa del medio ambiente como se establece en los fines que persigue dicha asociación. Ecologistas en Acción defiende que el objeto y fondo del recurso es determinar si existe vía de hecho en la actuación de ADIF y no utilizar este aspecto central de la demanda como causa de inadmisibilidad como pretendía la Abogacía del Estado. De nuevo, el Auto determina que no es este el momento procesal oportuno para adoptar una decisión al respecto, por lo que desestima todas las alegaciones previas presentadas por la representación de ADIF-AV. Contra esta resolución no cabe recurso, por lo que se debe continuar la tramitación del mismo, contestando la Administración demandada a la demanda en el plazo que resta.

Hoy por Hoy Matinal Palencia 7:20 (23/09/2024)

10:00

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