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El Ayuntamiento de Palencia considera bien fundamentado el auto que desestima las cautelares contra ADIF

El primer teniente alcalde, Carlos Hernández, asegura que están estudiando la posibilidad de recurrir pero "lo ve difícil"

Pleno del Ayuntamiento de Palencia del mes de mayo / Ayuntamiento de Palencia

Pleno del Ayuntamiento de Palencia del mes de mayo

Palencia

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Palencia, a un ruego presentado por IU-Podemos acerca de la decisión que se va a adoptar tras haber desestimado la Audiencia Nacional la petición de medidas cautelares para paralizar las obras que Adif está llevando a cabo en la ciudad para las obras de construcción de la plataforma del tramo Palencia-Palencia Norte de la Línea de Alta Velocidad entre Palencia-Aguilar, un proyecto contra el que el Consistorio presentó el pasado 29 de enero un recurso contencioso-administrativo al considerar que no respeta los estudios informativos de los años 2010 y 2018 en los que se determinó que la solución a la integración del tren en la ciudad es el soterramiento, ha respondido a través del primer teniente alcalde, Carlos Hernández que el auto está "muy bien fundamentado" y que vienen a decir lo mismo que en el desistimiento del otro juzgado que tramita la petición realizada por Ecologistas en Acción en el mismo sentido ya que, "en caso de ser aceptada la demanda las obras podrán ser derruidas en el futuro". Ha asegurado que se está estudiando si se recurre esta decisión o no.

En el auto judicial, el tribunal concluye que «no resulta ni acreditado ni evidente» que existan «perjuicios» que se puedan considerar «irreparables o de difícil reparación derivados de la continuación de las obras». Del mismo modo, tampoco considera que exista «apariencia de buen derecho», ese decir, que el Ayuntamiento no puede demostrar que existe la probabilidad de que su reclamación principal -la anulación del proyecto del tramo AVE Palencia-Palencia Norte- sea válida. Eso es, explica el juzgado, porque «el recurso contencioso-administrativo interpuesto está aún en una fase procesal muy prematura».

La tercera razón esgrimida por la Audiencia Nacional para rechazar la petición municipal es que frente al interés municipal, «en la pretendida mejora de los medios de transporte públicos, es evidente que debe prevalecer el interés general que se concreta, en este caso, en la continuación de la ejecución de los proyectos constructivos impugnados por el Ayuntamiento». Este dispone de 15 días para interponer recurso de apelación.

Una resolución casi igual a la del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional -en este caso el número 4- que rechazó también la petición de la paralización cautelar de estas obras solicitada por Ecologistas en Acción y la Asociación en Defensa del Soterramiento. Aunque el resultado ha sido el mismo, el camino de estas entidades fue diferente, ya que su petición de medidas cautelares se enmarca dentro del recurso contencioso-administrativo que interpuso contra la desestimación por silencio del requerimiento formulado a Adif para el cese de las obras de construcción del tramo Palencia-Palencia Norte.

En este caso, el magistrado consideró que en la petición de Ecologistas y la Plataforma no concurre el necesario periculum in mora, es decir, que no existe un riesgo que exija que se actúe rápidamente porque, continúa el juez, «en caso de estimarse las pretensiones de la asociación, podrían restablecerse las cosas a su estado originario, debiendo además ponderar los intereses en conflicto». Además, este magistrado -que es distinto del que ha resuelto la petición del Ayuntamiento- también aprecia que no se da apariencia de buen derecho.

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