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Los tribunales de Palencia han acordado dos reducciones de pena en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’

En uno de los dos casos ha supuesto la excarcelación del condenado

Audiencia provincial de Palencia / Beatriz Álvarez

Palencia

ICAL

Los tribunales de Castilla y León acordaron al menos 51 reducciones de condena en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del 'sólo sí es sí’, según los datos recabados hasta el día 1 de septiembre por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.

En España, la cifra se eleva hasta las 1.205 reducciones de pena, resoluciones que han supuesto al menos 121 excarcelaciones, siete en Castilla y León.

En la Comunidad según estos datos, se han revisado 19 expedientes por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJCyL), con dos reducciones. En cuanto a las audiencias provinciales no se ha producido ninguna reducción en Ávila. Valladolid figura en cabeza con 13 reducciones, por delante de Zamora, con nueve, de las que una acabó en excarcelación, y León y Salamanca, ambas con ocho. En Burgos se contabilizaron siete y cinco excarcelaciones; en Palencia, dos y una salida de la cárcel y en Segovia y Soria, una reducción de pena en cada caso.

Desde el CGPJ se advierte que los datos corresponden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta el 1 de septiembre. Además, se indica que las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.

También se explica que los datos de las Audiencias Provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.

 
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