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La "complejidad" del derribo de la presa de San Facundo obliga a tramitar la declaración de impacto ambiental

Así lo recoge la resolución del MITECO publicada en el BOE

foro embalses.net

Ponferrada

El Ministerio de Transición Ecológica, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, descartan la posibilidad de que el proyecto de "Demolición de la presa de San Facundo" pueda tramitarse como una evaluación simplificada y estima que los efectos son lo suficientemente importantes como para que se realice mediante un procedimiento regulado que obliga a una declaración de impacto ambiental, lo que retrasará la ejecución de este proyecto que la Confederación Hidrográfica Miño-Sil ha cuantificado en 4,3 millones de euros.

La conocida como Presa del Real se ubica en el término municipal de Torre del Bierzo, fue construida en 1985, embalsa las aguas del arroyo del Real, afluente del río Tremor, y tiene una cuenca vertiente de 42,6 km2. La red hidrográfica se enmarca en la Cuenca Hidrográfica del Miño-Sil. Esta presa, que está colmatada en un 70%, permitió el abastecimiento de agua del municipio de Bembibre y su entorno en los años 80 y lleva años en desuso, dado que el Bierzo Alto recibe el suministro actualmente del embalse de Bárcena.

Entre las indicaciones que hace la Dirección General se habla de impactos de contaminación acústica debido a la posible realización de voladuras, al trasiego de maquinaria y al montaje y funcionamiento de las plataformas de demolición; y se advierte de alteración de la calidad del aire derivada de la emisión de polvo, partículas y gases debido al movimiento de la maquinaria y a la combustión de motores. Además se apunta a la extracción de lodos y a la planta de secado que se instalará para recoger los restos vegetales, así como su posibles efectos en la emisión de olores. Se refleja también la alteración del régimen hidrológico de la cuenca afectada, que modificará la calidad de sus aguas y podría afectar a la morfología de la red de drenaje y a las aguas subterráneas. El Servicio Territorial de Medio Ambiente señala que las actuaciones a desarrollar en el cauce que sean susceptibles de generar enturbiamiento y movilización de áridos se realizarán fuera del periodo de freza de la trucha común, comprendido entre el 1 de noviembre y el 30 de abril. Entre las medidas previstas por el promotor está la captura de la fauna piscícola presente en el embalse y su traslocación para así evitar la afección. En cuanto al patrimonio cultural, el documento ambiental carece de una prospección exhaustiva del área afectada que permita descartar la presencia de bienes arqueológicos, paleontológicos, históricos, etnográficos, arquitectónicos, etc. En estos mismos términos se pronuncia el Servicio de Ordenación y Protección de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León de la Junta de Castilla y León.

En base, por tanto, a la precaución y acción cautelar así como a la proporcionalidad entre los efectos sobre el medio ambiente del proyecto y el tipo de procedimiento de evaluación al que en su caso debe someterse, se considera necesario someter a evaluación ambiental ordinaria el presente proyecto.

 
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