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Paco de la Rosa, líder de CCOO en Castilla-La Mancha, demandado por acoso sexual

La ex secretaria de Políticas Sociales, Agenda 2030 y Empleo, María Ángeles Castellanos presentó la denuncia en el Juzgado de lo Social por la vulneración de derechos fundamentales en su entorno laboral

Paco de la Rosa, secretario general de CC.OO. en Castilla-La Mancha en una imagen de archivo / CC.OO. CLM

Paco de la Rosa, secretario general de CC.OO. en Castilla-La Mancha en una imagen de archivo

Paco de la Rosa, secretario general del sindicato Comisiones Obreras en la región, se enfrenta a una demanda por presunto acoso sexual y laboral. La ha presentado María de los Ángeles Castellanos, que formó parte de la ejecutiva de De la Rosa como secretaria de Políticas Sociales, Agenda 2030 y Empleo.

Los hechos que denuncia Castellanos vienen sucediéndose "de forma continuada" desde 2010 y otros han ido ocurriendo hasta el 2024, según adelantó el diario ABC. Contra el líder de Comisiones Obreras la demanda se presenta por hechos por presunto "acoso sexual, laboral y acoso por razón de sexo" y por estas dos últimas cuestiones también la demanda se dirige contra otros dos cargos del sindicato: Javier Ortega y Raquel Payo.

La denunciante afirma haber recibido mensajes de De la Rosa de Madrugada y explica un episodio ocurrido dentro de un ascensor en el que, supuestamente, la besó cuando ella era "una simple trabajadora". Además, según la información publicada, recibió presiones porque no podía "continuar la relación con su pareja" si quería seguir en la ejecutiva.

Por su parte, Comisiones Obreras señala que en marzo de 2024 activó un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo y la comisión recabó todo tipo de indicios de la presunta conducta inadecuada. El informe final de la comisión, tras una exhaustiva investigación -señalan-, descartó la existencia de esos acosos.

A este comunicado del sindicato ha vuelto a dar respuesta la abogada de María Ángeles Castellanos. Dice la letrada de la demandante que se ha vulnerado la confidencialidad del protocolo de acoso y lamentan el posicionamiento parcial y el unos indebido de los recursos sindicales, pues el sindicato se ha posicionado del lado de los demandados ignorando que la demandante también es trabajadora del sindicato.

Ambas partes han declinado hacer declaraciones a la Cadena SER y se remiten los comunicados.

Comunicado de Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha

Ante la información aparecida en medios de información y la necesidad de trasladar información precisa y veraz, Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha quiere hacer llegar las siguientes consideraciones:

No existe ni ha existido procedimiento penal contra ninguna de las personas con responsabilidades en la organización sindical en relación con delitos de acoso o de naturaleza sexual.

Sí se ha presentado una demanda laboral en la que una persona que ha tenido responsabilidades en la Comisión Ejecutiva Regional de CCOO reclama una indemnización económica en desacuerdo con su cese a principios de año, y el consecuente regreso a su anterior puesto de trabajo. La demanda, fechada en octubre pasado, se ha cursado en un juzgado de lo Social, y está dirigida contra el sindicato y varias personas, hombres y mujeres de la dirección regional.

La reestructuración de las áreas de trabajo de la dirección regional de CCOO CLM fue en todo momento una decisión ajustada a las normas de la organización. Fue aprobada de forma democrática por las personas que integran la Ejecutiva Regional el 25 de enero de 2024, por mayoría de votos, con la abstención de la persona cesada y sin ningún voto en contra, tal y como se establece estatutariamente, y de acuerdo con las competencias establecidas.

CCOO CLM cuenta con un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo, un mecanismo que permite atajar de inmediato cualquier conducta inadecuada. Implica que es la propia organización la que llevará a la vía penal un delito tan grave como éste. Dicho procedimiento fue activado en marzo de 2024 a partir del conocimiento de una queja hacia el secretario general de una persona trabajadora de la organización. Conforme al funcionamiento establecido, una comisión mantuvo una serie de entrevistas con las personas relacionadas para obtener testimonios y recabar todo tipo de indicios de la presunta conducta inadecuada. El informe final de dicha comisión, tras una exhaustiva investigación, descartó la existencia de indicios de acoso sexual y acoso por razón de sexo.

La organización sindical subraya el clima de respeto, colaboración e igualdad que se ha esforzado en construir y mantener en cada uno de los espacios de trabajo de Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha, y actuará siempre de oficio para prevenir, y atajar, cualquier indicio de discriminación, abuso o acoso.

Tras el presente comunicado, la organización sindical no hará nuevas manifestaciones para respetar al máximo un procedimiento laboral a día de hoy abierto en el juzgado de lo Social, y por tanto pendiente de resolverse.

Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha adoptará las acciones legales necesarias para garantizar el respeto a los derechos fundamentales de las personas que componen sus órganos de dirección, así como su imagen y reputación como primera organización sindical de la comunidad autónoma.

Comunicado de la abogada de María de los Ángeles Castellanos

A continuación, se reproduce de forma íntegra el comunicado firmado por Margarita Robles, abogada de María Ángeles Castellanos:

«Ante la repercusión mediática que ha generado la noticia publicada por el diario ABC y la posterior difusión de información errónea por parte de CCOO Castilla-La Mancha (CCOO CLM), considero necesario emitir este comunicado con el fin de aclarar ciertas cuestiones que, sorprendentemente, parecen haberse extraviado en el discurso de algunos representantes sindicales.

1. Sobre la filtración de la demanda

Ni María Ángeles Castellanos ni su entorno han hecho público el contenido de la demanda, ni han revelado datos personales de las partes implicadas. Sin embargo, la información ha sido ampliamente difundida en distintos medios de comunicación, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿quién ha facilitado esa información? ¿Deberíamos pensar que la discreción y la confidencialidad han fallado?

2. María Ángeles Castellanos es trabajadora de CCOO

No está de más recordar que la Sra. Castellanos es trabajadora de CCOOCLM y que, aunque en distintos momentos, ha ostentado cargos sindicales, su relación principal es la de trabajadora del sindicato. Como cualquier otro trabajador, tiene derecho a la tutela judicial efectiva cuando considera que sus derechos han sido vulnerados, algo que parece molestar a algunos que prefieren que determinados asuntos no se diriman en sede judicial.

La justicia es la que determinará, tras las valoraciones oportunas, si esos derechos se han vulnerado o no. Una justicia que se merece el mayor de nuestros respetos.

3. Sobre el comunicado de CCOO CLM

Nos resulta llamativo que el comunicado emitido en nombre de CCOO CLM no esté rubricado por ninguna persona en concreto, o al menos en la noticia no se reseña. ¿A quién debemos dirigirnos para responderle? ¿Es el sindicato quien habla, o son las personas demandadas escondiéndose tras las siglas?

En dicho comunicado se afirma que «no existe ni ha existido procedimiento penal contra ninguna de las personas con responsabilidades en la organización sindical en relación con delitos de acoso o de naturaleza sexual», insinuando que la falta de denuncia penal equivale a la inexistencia del acoso.

Para ilustrar el error de esta afirmación, recomiendo a quienes han redactado el comunicado la lectura de la propia guía de CCOO sobre acoso sexual y por razón de sexo, que puede descargarse en el siguiente enlace:

En la página 71, dicha guía, elaborada por el Grupo de Expertas de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de CCOO, establece que la primera vía judicial recomendada en casos de acoso sexual en el trabajo es la jurisdicción social, a través del procedimiento de tutela de derechos fundamentales (arts. 177 y ss. de la Ley de Procedimiento Laboral).

Es decir, es el propio sindicato quien recomienda la vía social como la opción más adecuada. Entonces, ¿por qué en su comunicado parecen despreciar la jurisdicción social como si fuera una vía menor?

4. La falsa afirmación sobre la naturaleza de la demanda

En el comunicado de CCOO CLM se afirma lo siguiente: «Sí se ha presentado una demanda laboral en la que una persona que ha tenido responsabilidades en la Comisión Ejecutiva Regional de CCOO reclama una indemnización económica en desacuerdo con su cese a principios de año, y el consecuente regreso a su anterior puesto de trabajo».

La única persona cesada de sus responsabilidades ha sido la Sra. Castellanos, por lo que claramente el texto se refieren a ella.

La demanda presentada no es una reclamación por cese, ni para conseguir una indemnización económica derivada de dicho cese, ni busca reincorporación alguna al cargo que ostentaba. La Sra. Castellanos ha interpuesto una demanda por acoso sexual, acoso por razón de sexo y moobing, esto supone una vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores, que llevaría aparejada indemnización por los daños y perjuicios causados, si así se estimara.

Sí es cierto que, en otro procedimiento judicial totalmente distinto, la Sra. Castellanos presenta una reclamación de cantidad, derivada de la pérdida de un complemento salarial reconocido en el Convenio Colectivo de CCOO CLM y adquirido antes de ser cargo sindical. Esta reclamación de cantidad no guarda relación alguna con su cese en el cargo, sino con la merma salarial que de forma arbitraria y sin motivo alguno se le impone.

5. Vulneración de la confidencialidad del protocolo de acoso

CCOO CLM ha afirmado que el protocolo interno del sindicato «permite atajar de inmediato cualquier conducta inadecuada». No obstante, si nos atenemos a la realidad del propio protocolo, observamos que:

• No es un mecanismo de detección constante ni automática, sino un procedimiento que solo se activa mediante queja o denuncia.

• Es un proceso confidencial, lo que implica que la información que se maneja en él no puede ser difundida públicamente.

Pese a ello, en el comunicado de CCOO CLM se incluye la siguiente afirmación: «Conforme al funcionamiento establecido, una comisión mantuvo una serie de entrevistas con las personas relacionadas para obtener testimonios y recabar todo tipo de indicios de la presunta conducta inadecuada. El informe final de dicha comisión, tras una exhaustiva investigación, descartó la existencia de indicios de acoso sexual y acoso por razón de sexo».

Lo que nos lleva a preguntarnos: ¿qué parte de 'proceso confidencial 'no se ha entendido? La mención de información de este procedimiento vulnera los derechos de la demandante y compromete la credibilidad de quienes lo han hecho público.

6. Posicionamiento parcial y uso indebido de recursos sindicales

A estas alturas queda claro que el sindicato ha decidido posicionarse únicamente del lado de las personas demandadas, ignorando deliberadamente que la demandante también es trabajadora, afiliada y vocal de la Comisión Ejecutiva Regional de CCOO CLM, y lo que es más importante, la víctima.

¿Quién ha decidido que la postura oficial del sindicato debe ser defender a los acusados? ¿Se ha debatido en algún órgano de dirección? ¿O es simplemente una iniciativa unilateral de quienes se ven afectados por la demanda?

Sería necesario, que quienes han tomado la decisión de emitir el comunicado, se identifiquen, pues podría parecer que alguna de las personas demandadas está utilizando la infraestructura del sindicato para defender sus intereses, en lugar de proteger los derechos de todos los afiliados y trabajadores. Y por supuesto para dirimir responsabilidades respecto de la difusión de información confidencial.

Por último, solicito el cese inmediato de difusión de información confidencial sobre el procedimiento que afecta a mi representada; se respete la dignidad de la Sra. Castellanos así como el trabajo de la justicia en la que se ampara«.

 

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