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Condenan a ‘Los 8 de Caixabank’ al pago de una multa

Amnistía Internacional considera que la sentencia confirma la vulneración de los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica

Concentración en los juzgados el día del juicio / Jesús Blanco Orozco

Concentración en los juzgados el día del juicio

Guadalajara

Los 8 de CaixaBank, las 8 personas que fueron detenidas hace 7 años por negarse a abandonar una oficina bancaria en Cabanillas del Campo (Guadalajara) cuando protestaban por un desahucio, han sido condenados a una una pena de multa.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Guadalajara ha dictado sentencia sobre este larguísimo proceso y les condena por el delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad a una multa de seis meses a razón de cinco euros diarios, unos 900 euros (puede conllevar prisión en caso de impago). Se les absuelve de los demás cargos de los que eran acusados.

Los 8 de Caixabank en una rueda de prensa

Los 8 de Caixabank en una rueda de prensa / Jesús Blanco Orozco

Los 8 de Caixabank en una rueda de prensa

Los 8 de Caixabank en una rueda de prensa / Jesús Blanco Orozco

Ellos solicitaban la absolución y estudian ahora interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Guadalajara.

AMNISTÍA INTERNACIONAL

La sentencia ha sido ya valorada por Amnistía Internacional y considera que restringe desproporcionadamente el derecho a la protesta.

Esta organización asistió como observadora al juicio y señalan que allí se puso de manifiesto que la protesta desarrollada por los activistas fue pacífica en todo momento, por lo que el castigo penal supone una restricción desproporcionada a los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica.

La sentencia no atribuye a ningún activista acciones violentas o intimidatorias, si no que les condena por haber desobedecido reiteradamente a los agentes de la Guardia Civil, quienes volvieron a reconocer en el juicio -como ya hicieron en fase de instrucción- que la conducta de los y las activistas fue en todo momento pacífica.

Señala Amnistía Internacional que las sanciones penales frente a protestas pacíficas, en particular las que dan lugar a la privación de libertad, constituyen a menudo una restricción desproporcionada a los derechos a la libertad de reunión pacífica y de expresión.

También remarca el representante de Amnistía Internacional el daño moral y anímico que ha provocado un proceso tan largo en las personas acusadas, lo que choca con los derechos humanos.

Aquí puedes escuchar la valoración de Daniel Canales, de Amnistía Internacional, con el que hemos hablado en SER Guadalajara.

Daniel Canales, Amnistía Internacional sentencia 8 CaixaBank

Daniel Canales, Amnistía Internacional sentencia 8 CaixaBank

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La sentencia considera que una sucursal no era un lugar de negociación legítima. Sin embargo, recuerda Amnistía que el Comité de Derechos Humanos de la ONU afirma que las protestas celebradas en espacios privados, en especial aquellas en espacios normalmente con acceso al público (como lo es una sucursal bancaria), caen bajo el ámbito de protección del derecho a la libertad de reunión pacífica, y por tanto deben respetar el principio de proporcionalidad

Jesús Blanco Orozco

Jesús Blanco Orozco

Jefe de Informativos responsable de la información local. Carrera profesional desarrollada principalmente...

 

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