La lana de las ovejas ya se puede utilizar como abono en Castilla-La Mancha
Esta normativa viene a dar respuesta al problema de las últimas campañas ante la falta de compradores interesados en la lana producida y que ha provocado una acumulación del material en muchas ganadería
La lana que se produzca por la ganadería ovina ya podrá ser empleada como abono en Castilla-La Mancha. Es una resolución de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que ha sido publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Gracias a esta resolución, se permite mezclar la lana producida con el estiércol producido. Por tanto, la lana deja de ser un residuo que antes no se podía utilizar como abono y ahora sí. A partir de ahora, los ganaderos podrán utilizar este nuevo abono para su propio uso o para comercializarlo como fertilizante en la agricultura.
Los bajos precios del producto hacen que sea poco rentable y que las explotaciones lo acumulen sin saber qué destino darle
Esta normativa dará respuesta al problema ocasionado en las últimas campañas en toda Europa ante la falta de compradores interesados en la lana producida y que ha provocado una acumulación del material en muchas ganaderías. Esto ha ocasionado grandes problemas de espacio, así como pérdidas económicas derivadas de la búsqueda de eliminación que se le da a este subproducto.
Requisitos para este uso de la lana
Para poder reutilizar con este fin la lana de los animales, la Consejería marca que la mezcla se tendrá que mantener entre tres y seis meses en fase de compostaje.
Además, la lana se incorporará en capa horizontal sobre el estiércol, de forma que esa capa tenga un grosor no mayor de 40 centímetros y se cubra después con estiércol.
Asimismo, la incorporación anual de lana no superará el 10 % del volumen total de estiércol y su aplicación solo se podrá hacer en las tierras de Castilla-La Mancha.
No aplicable si los animales enferman
En caso de enfermedad, brote, o cualquier circunstancia que pueda incidir en la sanidad animal, el uso de esta lana como abono quedará prohibido mediante la correspondiente resolución al efecto.