Dos administradores concursales obligados a indemnizar a 23 trabajadores de Luis Loriente
CCOO celebra la sentencia porque considera que los administradores “marginaron” a sus afiliados
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Fachada del Tribunal Supremo POLITICA ESPAÑA EUROPA MADRID / Jesús Hellín / Europa Press
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Cuenca
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que obliga a dos administradores concursales de la cárnica Luis Loriente, de Tarancón, a indemnizar con cerca de 300.000 euros a 23 trabajadores que no recibieron sus pagos en el concurso de acreedores.
Los dos administradores, un abogado y un economista, deberán abonar también los intereses, por lo que la cuantía puede llegar a 350.000 euros por la deuda salarial de los trabajadores, correspondientes a cerca de cuatro años a contar desde 2008.
Comisiones Obreras ha celebrado esta sentencia, que ya es firme y que respalda la demanda que hizo el sindicato en 2019, ya que los 23 trabajadores que no habían cobrado son precisamente los afiliados que tenía en esta empresa, y que según el abogado, Javier Cabero, fueron “marginados”.
Desde Comisiones han subrayado que otros trabajadores de la cárnica sí que percibieron indemnizaciones, y que mientras los demandantes no habían recibido su dinero, se llegó a pagar incluso a algunas empresas acreedoras, lo que contraviene la Ley Concursal que obliga a satisfacer primero la deuda de los empleados.
La secretaria provincial de Comisiones, María José Mesas, ha resaltado que es la primera vez que una sentencia obliga a los administradores a compensar a los trabajadores con su propio patrimonio, por no haber desempeñado correctamente su papel.
En este sentido, Cabero ha reconocido que esta sentencia puede sentar jurisprudencia y abrir vías para demandas similares, aunque recuerda la complejidad del Derecho Mercantil y ha indicado que habrá que examinar “cada circunstancia”.