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Condenan al asesino machista de La Puebla de Almoradiel (Toledo) a 22 años y 6 meses de cárcel

La Audiencia Provincial de Toledo ha tenido en cuenta la agravante de parentesco y la atenuante de confesión de los hechos a la hora de decidir la pena. Además de prisión, se le retira la custodia de sus dos hijos y se le prohíbe acercarse a ellos durante 35 años

TOLEDO, 07/11/2022.- El acusado de asesinar a su mujer, con alevosía y ensañamiento, en enero de 2020 en La Puebla de Almoradiel (Toledo), fotografiado durante el trámite de la elección del jurado, con el que comienza el juicio del que saldrá su sentencia, este lunes en Toledo. EFE/ Ismael Herrero / ISMAEL HERRERO (EFE)

Toledo

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 22 años y medio de cárcel al hombre acusado de haber matado a su exmujer en La Puebla de Almoradiel en enero de 2020. El tribunal ha tenido en cuenta la opinión del jurado, que por unanimidad lo declaró culpable de asesinato, y le impone esta pena atendiendo al veredicto y a los atenuantes y agravantes existentes en el caso.

La sentencia da por probado que el 21 de enero de 2020 se inició una discusión entre la mujer asesinada y su asesino. Ambos habían estado casados y tenían dos hijos en común, pero convivían juntos con la madre de este. La víctima no tuvo ninguna posibilidad de defenderse y murió como consecuencia de las heridas sufridas tras la agresión con un arma blanca. Todo ocurrió en presencia de uno de los hijos: una menor de 13 años. Además, el autor de la muerte llamó esa misma noche al 112 asegurando que había matado a su mujer, "que la había apuñadado en el corazón" -dice la sentencia-. Esta llamada ha sido vital para considerar la atenuante de confesión. La sentencia también señala que el condenado "actuó de la forma en la que lo hizo basado en razones de dominación o humillación a la mujer o en un sentimiento de posesión hacia la mujer o por considerar a la mujer inferior, no respetando su voluntad o su libertad , por el hecho de ser mujer".

Condena por asesinato con alevosía y ensañamiento

El delito por el que se condena a este hombre es un delito de asesinato consumado con alevosía y ensañamiento, recogido en el artículo 139.1.1ª y 2ª del Código Penal. Además, se tienen en cuenta la agravante mixta de parentesco -víctima y agresor habían estado casados y el momento de los hechos convivían juntos-. Se añade también la agravante de género. La sentencia señala que "el Jurado ha considerado acreditado que el acusado actuó de la forma en la que lo hizo basado en razones de dominación o humillación a la mujer o en un sentimiento de posesión hacia la mujer o por considerar a la mujer inferior, no respetando su voluntad o su libertad , por el hecho de ser mujer". De hecho, "La vecina y su hija, ambas testigos que han declarado en el acto de la vista, han manifestado que el acusado, tras los hechos y cuando estas fueron a su domicilio, profirió la frase “se lo merecía”. Además, se recoge también la atenuante de confesión. Fue la llamada al 112 lo que determinó la aplicación de esta atenuante.

Además de la pena de prisión, a este hombre se le ha retirado la patria potestad de sus dos hijos, a los que no puede acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con ellos durante un plazo de 35 años. También se le impone una indemnización civil de 200.000 euros para cada hijo, 400.000 euros en total; a lo que habrá que sumar los intereses legales. Se recoge así lo que pedía el fiscal durante el juicio, celebrado a puerta cerrada hace unas semanas. Contra esta sentencia cabe la posibilidad de recurso.

Aldo Gómez

Aldo Gómez

En 'Hora 14'. Antes, había pasado por SER Toledo, Radio Albacete, Radio Madrid y Radio Arosa

 
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