Condenan al SESCAM a indemnizar con 250.000€ a una familia por un error de diagnóstico en Cuenca
El primer hijo de la pareja no fue diagnosticado de fibrosis quística durante cuatro años por errores en las pruebas
Cuenca
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado al SESCAM y a la aseguradora MAPFRE a indemnizar con 250.000 euros, más intereses, a una pareja cuyo primer hijo no fue diagnosticado de fibrosis quística durante cuatro años a causa de un error.
La Sección 2ª Sala de lo Contencioso Administrativo ha revocado una sentencia del Juzgado nº 1 de Cuenca, al haber estimado parcialmente el recurso interpuesto por los padres del pequeño, y desestimado los del Servicio de Salud y de la aseguradora.
La pareja acudió al Hospital Virgen de la Luz en octubre de 2013, cuando su hijo tenía un año y medio, y por dos veces el test de sudor salió negativo en momentos diferentes, por lo que durante los siguientes años no fue correctamente diagnosticado, y no recibió el tratamiento correspondiente, a la vez que tuvo que ser sometido a más pruebas en busca de un diagnóstico.
Además, la pareja tuvo otros dos hijos, una de los cuales también padece la enfermedad, que tiene carácter genético.
El alto tribunal regional considera en la sentencia que, independientemente del motivo del error cometido en las pruebas diagnósticas, éstas se deberían haber repetido al menor debido a los valores que arrojaban.
Entre estos motivos pueden estar “un mal funcionamiento del aparato, o no haber procedido correctamente a su mantenimiento, o a una mala técnica en la realización de la prueba, o una defectuosa formación de la persona encargada de su utilización”.
El tribunal también incrementa la indemnización que había establecido el juzgado conquense en 40.000 euros porque “ha de comprender tanto los daños morales como los gastos patrimoniales derivados de la atención y cuidado de la menor”, que ahora recibe tratamiento en el Niño Jesús de Madrid, donde se desplaza mensualmente.
El caso lo han llevado los abogados Carmen Francisco Javier Fernández-Bravo, adscritos al Defensor del Paciente, contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.